A solicitud del Poder Judicial de la Nación, pone a disposición de los medios de comunicación información relacionada con los comicios a desarrollarse el próximo domingo 11 de agosto.
La secretaria electoral nacional, distrito Chubut, Betina Grosman, hace saber el contenido del Art. 12 del Código Nacional Electoral: “Deber de votar. Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito.
Quedan exentos de esta obligación:
a) Los mayores de setenta años;
b) Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;
c) Los que el día de la fecha de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales ciudadanos se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredita la comparecencia;
d) Los enfermos e imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto”.
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