Este jueves un hombre le disparó a su exmujer, Yamila Marczewski (27), mató a la prima de ella y después se suicidó. “Se trata de un caso de ´femicidio vinculado¨, porque la mató al defender a su prima del femicida”, señaló a MisionesCuatro.com
Desde el Área de Investigación de La Asociación Civil La Casa del Encuentro, desarrollaron el término “Femicidio Vinculado”, partiendo del análisis de las acciones del femicida, para consumar su fin: matar, castigar o destruir psíquicamente a la mujer sobre la cual ejerce la dominación.
En esta definición se registran dos categorías:
Personas que fueron asesinadas por el femicida, al intentar impedir el Femicidio o que quedaron atrapadas “en la línea de fuego” y personas con vínculo familiar o afectivo con la mujer, que fueron asesinadas por el femicida con el objeto de castigar y destruir psíquicamente a la mujer a quien consideran de su propiedad.
El “femicidio vinculado” es parte de la ley que rige en Argentina desde el 2012, donde se incorporó como modificación al Código Penal la figura del femicidio en un tipo agravante de homicidio.
Para el juez porteño Carlos Rozinski, la incorporación de la figura del femicidio en el Código Penal es sumamente positiva, aunque aclara que “una cultura histórica de discriminación, maltrato, abuso y homicidios como la que han vivido las mujeres desde siempre, no se revierte por ley”.
El juez explicó que antes de incorporar la figura del Femicidio, la ley no prohíbía matar y lo que dice el Código Penal es lo que le va a pasar al que mata –de 8 a 25 años de prisión–. "Cuando en la práctica, quienes deciden matar a una mujer no son castigados, o cuando luego de matar a cuatro mujeres –caso Barreda–, pocos años después se van a su casa, la cultura de impunidad de los femicidios se irradia y muchas veces genera nuevos crímenes", agregó el magistrado. “Esa cultura histórica de violencia e impunidad es la característica más importante del femicidio, que la diferencia del resto de los homicidios”, subrayó Rosinski.
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