Rodríguez es juzgado por 2 causas juntas

Rodríguez es juzgado por 2 causas juntas
Matías Rodríguez fue sentado en el banquillo de los acusados por dos hechos que se unificaron. Uno por atentado a la autoridad y el restante por amenazas. El joven ya fue condenado, la semana pasada, por el caso Trabucco, en el que se lo sentenció a 7 años de prisión.
En la jornada de ayer se ventiló el juicio contra Matías Rodríguez por dos hechos que se unificaron para las audiencias.

El Tribunal se compuso con la presidencia del doctor Joaquín Cabral y las vocales (por subrogancia legal) doctoras María Alejandra Vila y Quintana. Por parte del Ministerio Público Fiscal estuvo el fiscal de cámara doctor Gabriel Giordano y representa en la defensa al imputado el defensor oficial Santiago Lozada. El juicio se llevó a cabo con la secretaría de la doctora Pamela Marcón.

Hechos

El fiscal de instrucción elevó a juicio dos hechos. Uno acaecido el 22 de abril del 2009 y el restante el 3 de noviembre del 2010.

En el primero de ellos, según la requisitoria de elevación a juicio, quedaría comprobado que Rodríguez, mientras se encontraba con un grupo de amigos en calle Los Pozos al 600, fue interceptado por el personal policial, aparentemente para identificarlos. El imputado habría hecho caso omiso a la voz de alto por lo que fue reducido y esposado. Allí habría golpeado a al menos un uniformado.

El segundo delito ocurrió dentro del Complejo Cultural donde Rodríguez trabajaba en una cooperativa de limpieza. Al parecer la encargada de la misma le llamó la atención por su incumplimiento en el horario laboral, lo que provocó el enojo del acusado y le profirió términos amenazantes.

Confesión

Tras la presentación de pruebas en el juicio el imputado fue invitado a contar su versión de los hechos. Al igual que en el caso Trabucco, el acusado accedió y mostró su arrepentimiento, confesando ambos delitos.

Rodríguez dijo que por el primer caso “el policía me quiso apretar las esposas de mala manera, me resistí, pero no fue mi intención golpearlo”. “Luego quisieron llevarse a un amigo detenido y reaccioné”, pero “sólo respondí a la agresión de ellos”, por los policías.

En el segundo hecho, dijo, “me hago responsable de las amenazas, pero se tergiversaron las cosas”, dijo el imputado. Al mismo tiempo relató que ese día le dijo a su encargada que si su automóvil aparecía roto “a mí no me diga nada”. Luego la mujer le habría dicho que le quedaba poco tiempo, haciendo referencia a su trabajo, por lo que Rodríguez dijo que le contestó “que a ella tampoco le quedaba mucho tiempo”. Ante estas palabras es que la encargada decidió radicar la denuncia.

Juicio abreviado

Ante tal confesión, el fiscal Giordano solicitó al Tribunal ejecutar el artículo 518 del Código Procesal Penal, que meritúa un juicio abreviado. En dicho artículo se prevé que “si el imputado confesare circunstanciada y llanamente su culpabilidad, podrá omitirse la recepción de la prueba tendiente a acreditarla siempre que estuvieren de acuerdo el Tribunal, el fiscal, el querellante y los defensores”.

“En tal caso, la sentencia se fundará en las pruebas recogidas en la investigación y no se podrá imponer al imputado una sanción más grave que la pedida por el fiscal”.

“No regirá lo dispuesto en este artículo en los supuestos de conexión de causas si el imputado no confesare con respecto a todos los delitos atribuidos, salvo que se haya dispuesto la separación de juicios”.

La moción planteada por la Fiscalía no fue objetada por la defensa, por lo que se procedió a finalizar el debate, sin escuchar a testigos, y pasar directamente a los alegatos. Allí el fiscal solicitó la pena de un año y 6 meses de prisión. La sentencia se leerá el viernes 26 a las 12:00 horas.

7 años

El pasado 17 de abril Matías Rodríguez fue condenado a 7 años de prisión, por haber ingresado a una vivienda con fines de robo y por haber lesionado a los ocupantes cuando fue descubierto. Los jueces lo encontraron penalmente responsable del delito de tentativa de robo agravado por el uso de arma y resultar la víctima con lesiones graves en concurso real con tentativa de robo.

El voto de los jueces fue en disidencia. La doctora Núñez, vocal del Tribunal, dijo en la sentencia que comparte la calificación de tentativa “que asigna mi distinguido colega –por el presidente del Tribunal, el doctor Cabral- a los dos hechos por lo que se acusara, pero disiento en el monto de pena que aplica, toda vez que la misma coincide con la solicitada por la parte querellante y el fiscal, quienes han solicitado la pena por tener a uno de los hechos como un delito consumado”. Pero en este caso en concreto “teniendo presente la colaboración del acusado en el juicio, la corta edad del mismo, su historia personal, su arrepentimiento y el pedido de disculpas a las víctimas, considero justo y razonable aplicar una pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo”.

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