Revés de la Fiscalía para la reelección de Intendentes

Ahora hay que esperar el fallo del Superior Tribunal de Justicia; Entre los interesados se encuentra el uruguayense Marcelo Fabián Bisogni; Son los que buscan un tercer mandato consecutivo en sus comunas

La Fiscalía de Estado de la provincia rechazó el planteo de trece intendentes oficialistas que planteaban la inconstitucionalidad de la imposibilidad de la re-reelección. El tercer mandato consecutivo es impedido por una cláusula transitoria de la nueva Constitución Provincial. Ahora, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) deberá resolver cómo se define la demanda. Marcelo Bisogni es uno de los jefes comunales firmantes. El planteo de 13 intendentes, la mayoría del Partido Justicialista (PJ), para que sea declarada inconstitucional la cláusula de la Constitución Provincial que les impide disputar un tercer mandato en octubre, fue rechazado por el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, quien respondió a la demanda contra la Provincia con una serie de argumentos que deberán ser evaluados ahora por el STJ y resolver el caso.

Se trata de dirigentes de peso en el armado urribarrista, por lo que, con un fallo favorable, aportarían caudal electoral para la boleta de la reelección del gobernador. De otro modo, si quedaran excluidos de la expectativa de reelección, constituirían un desajuste al esquema de distribución de poder por cuanto el oficialismo se vería compelido a hacerles lugar en las listas para la Legislatura o la nómina para el gabinete.

Los intendentes transcurren por su segundo mandato y pretenden disputar un tercero en octubre, pero se los está impidiendo una cláusula transitoria de la Constitución Provincial reformada en 2008.

El escrito se presentó este viernes ante el STJ, que deberá resolver respecto de la constitucionalidad de los artículos de la Carta Magna que impiden a los demandantes disputar un tercer mandato en octubre.

Las cláusulas cuestionadas por los intendentes son los Artículo 234, cuarto párrafo, que establece que los presidentes municipales tendrán reelección por un solo mandato consecutivo y luego sólo por períodos alternados; y el Artículo 291 que dispone que quienes cumplen su segunda gestión en la actualidad sólo podrán postularse nuevamente de modo alternado, es decir recién en 2015.

En el rechazo a la demanda, Fiscalía de Estado entiende, en primer lugar, que los intendentes no cumplen con el requisito jurídico de presentar un “caso concreto” en el que se plasme la inconstitucionalidad.

“Si bien los actores invocan su calidad de presidente municipal en ejercicio de su segundo mandato, ninguno esgrime intenciones de presentarse para renovar su mandato ni mucho menos acreditan haber iniciado las gestiones necesarias para presentar sus precandidaturas conforme a la Ley”, se afirma desde la representación de la provincia que reclama al STJ, en este marco, que declare “inadmisible” la petición de los intendentes del PJ.

En segundo lugar, Fiscalía de Estado defiende la “constitucionalidad” de las normas impugnadas por los demandantes que argumentan que los convencionales se excedieron en sus atribuciones (conferidas en la Ley Nº 9768 que declaró la necesidad de la reforma) cuando regularon respecto de la reelección de los presidentes municipales.

Según Rodríguez Signes, la Ley mencionada “habilitó a la Convención Constituyente para garantizar la autonomía política, administrativa, institucional, económica y financiera de los municipios entrerrianos (artículo 39 de la Ley) y para (Artículo 40) otorgar poder constituyente a los municipios para darse sus propias cartas orgánicas, autoridades, instituciones y cronograma electoral”.

En este sentido, el funcionario apuntó que “de la simple lectura” de los artículos de la Ley “surge que la Convención Constituyente se encontraba plenamente facultada para tratar todo lo concerniente al régimen municipal, su autonomía y brindando las pautas mínimas en cuanto a su funcionamiento político institucional, esquema éste en el que se enmarcan las normas aquí cuestionadas”.

Entre los intendentes justicialistas que aspiran a un tercermandato, y que incluso firmó la demanda, se encuentra el uruguayense Marcelo Fabián Bisogni.

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