El municipio decidió retener la licencia de conducir a aquellos que tengan en la credencial, un domicilio que no coincida con el real del titular, de acuerdo a lo establecido en el artículo Nº 13 de la Ley Provincial Nº 8560 a la cual la ciudad adhirió en el año 2008.
Dicho artículo establece que "la licencia de conducir debe tramitarse en la Municipalidad o comuna donde el solicitante posea domicilio, con la única condición que las mismas apliquen el Sistema Único de Emisión de Licencias de Conducir y se las registre en el Registro Provincial de antecedentes de Tránsito (REPAT)". En este sentido, el Municipio procederá a retener las licencias que no se adecuen a la legislación vigente.
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