“La remoción de la tesorera requería la conformidad del Concejo Deliberante”

“La remoción de la tesorera requería la conformidad del Concejo Deliberante”

Durante la mañana de este lunes sorprendió la noticia de la medida cautelar que dio marcha atrás con la jubilación de la Tesorera Municipal Marta Oliveros. Se trata de una cautelar del Juzgado Contencioso Administrativo que hace lugar al reclamo presentado por la Tesorera sobre el procedimiento utilizado para jubilarla.

El abogado de la tesorera, Dr. Juan Daniel Assaf dialogó con el programa radial Tres Puntos, que conduce Leonardo Mirenda por Radio Acero, donde dijo: “el Juzgado a cargo de la Dra. Fulgheri entendió que había verosimilitud del derecho, es decir que el planteo que realizaba la señora Oliveros tenia viso de seriedad jurídica por lo que decidió suspender los efectos del decreto y la municipalidad, una vez notificada de la medida, tendrá que incorporarla nuevamente”.

Según explicó el abogado, Marta Oliveros había presentado en la justicia un recurso, reclamando por el procedimiento mediante el cual se la jubiló de su cargo.

“En virtud del desplazamiento que se ha efectuado de la tesorera municipal por medio de un decreto que no cumple con el procedimiento previsto en la ley, la señora Oliveros decidió iniciar una acción Contencioso Administrativa solicitando una medida cautelar por la cual se deje sin efecto o se suspenda los efectos de ese decreto y se la reincorpore a la función de tesorera municipal” detalló Assaf.

En este sentido, explicó que las razones que llevaron a reclamar la nulidad del procedimiento se basaron en el artículo 196 de la Ley Orgánica de Municipalidades que establece que para la remoción del tesorero “se requiere acuerdo del Concejo Deliberante”.

“A diferencia de los agentes de planta permanente, la Ley Orgánica de Municipalidades establece que hay algunos funcionarios, se llaman funcionarios de ley, cuya separación del cargo requiere acuerdo del Concejo Deliberante. Entre esos cargos está el contador, el jefe de compras y el tesorero municipal. Son tres cargos distintos al personal de planta de los municipios y en este caso se procedió contrario a derecho porque la remoción o desvinculación de la tesorera necesariamente requería la conformidad del Concejo Deliberante por lo que la municipalidad violó el procedimiento, actuó contrario a derecho y la medida cautelar significa que en principio van a tener que restituirla a la función de tesorera” dijo.

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