Se dio en el marco de un recurso de amparo presentado por el ex concejal Adrián Feldman.
El juez en lo Contencioso y Administrativo, Juan Bazzani, ordenó a la empresa GIRS S.A, que tuvo la concesión del relleno sanitario durante tres años, que presente un informe detallado sobre distintas acciones desplegadas en el predio y la situación actual del mismo.
Esta resolución se dio en el marco de un recurso de amparo presentado por el ex concejal Adrián Feldman, quien solicitó que la Justicia tomara el control sobre lo que ocurre en el basural ubicado sobre la Ruta 65.
A la vez, el magistrado solicitó al Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable (OPDS) que informe si alguna vez constató la existencia de un “basural a cielo abierto” en ese predio, y en ese caso, si el municipio presentó un plan integral de gestión de residuos sólidos y urbanos.
Los puntos
El juez Bazzani solicitó a GIRS S.A que detalle los siguientes puntos en el informe que deberá presentar en los próximos veinte días:
1) Motivo de la rescisión del contrato administrativo que fuera celebrado con la Municipalidad de Junín.
2) Plazo de duración y tareas desplegadas desde el momento de la adjudicación del contrato hasta la fecha de rescisión contractual.
3) Situación que ostentaba el predio de acuerdo a la gestión integral de residuos sólidos urbanos con antelación al llamado a licitación y al momento de la extinción acordada del contrato.
4) Si a través del contrato de colaboración administrativa, la sociedad anónima ha cumplido con el objetivo de reducción progresiva de residuos sólidos urbanos al que alude la ley de gestión integral de los residuos sólidos y urbanos.
Basural
Por otra parte, el juez Bazzani pidió al OPDS, la autoridad de aplicación en materia ambiental en territorio bonaerense, que “informe pormenorizadamente” al Juzgado el avance y los resultados de un expediente administrativo.
En este marco, el magistrado quiere saber
a) Si en alguna oportunidad el municipio de Junín contaba con basural a cielo abierto, y en caso afirmativo, que contestare si el municipio ha desarrollado un plan integral.
b) Realizar un enfoque multidisciplinario con respecto a la situación actual del predio donde se vuelcan los residuos urbanos. Asimismo, en caso que las circunstancias fácticas repercutan o hayan atentado desfavorablemente hacia el medio ambiente, en su tarea de órgano aplicación ambiental, deberá coordinar o asesorar al municipio demandado para la adecuación de un plan de saneamiento que se adecuare a la política de relleno sanitario que se pregona.
c) Si en algún momento o en la actualidad se fueron cumpliendo paulatinamente con los requisitos preestablecidos reglamentariamente por la ex Secretaría de Política Ambiental.
d) Si la reducción de RSU que pregona la norma especial13592 ha sido cumplida por el municipio.
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