La ley regulará la actividad de guías turísticos locales

La ley regulará la actividad de guías turísticos locales
La Cámara de Diputados aprobó y convirtió en ley el proyecto que regula la actividad de los Guías Profesionales de Turismo en el ámbito de la provincia de Catamarca, a través de la asociación de guías.
En el articulado del instrumento se establecen las distintas categorías de profesionales, la creación de un registro y la aplicación de la ley por parte de la secretaría de Turismo, asimismo se hace mención de las obligaciones y sanciones en la práctica de la actividad.

La normativa sancionada entiende por guías de Turismo “a la persona física que preste servicios de recepción, acompañamiento, orientación y transmisión de información en materia cultural, turística, histórica, geográfica, y arqueológica a personas o grupos en visitas y excursiones en el ámbito provincial”.

Categorías

La ley distingue diferentes categorías y funciones de los guías de turismo, según desarrollen su actividad profesional; para ello se agrupan en las categorías de: Guías Profesionales, Guía Coordinador, Guía Local, Guía Baqueano, Guía Interprete, Guía Montaña, y aquellas personas que hayan adquirido el título afín a la actividad en una institución reconocida por el ministerio de Educación de la Nación.

La Secretaría de Turismo será el organismo de aplicación del registro que crea esta Ley y determinará las categorías y requisitos necesarios para el ejercicio de la actividad. Los profesionales que se inscriban en el registro obtendrán una credencial, emitida por la secretaría de Turismo, que deberá ser portada obligatoriamente para prestar el servicio.

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