Regulan el sistema de estacionamiento medido

Se fijaron días, horarios y zonas de funcionamiento y se reservó al Departamento Ejecutivo Municipal la facultad de ajustar esos parámetros según compruebe que es necesario. Además se establece la conformación de una Comisión Especial de Seguimiento del sistema.
Luego de que dos sesiones atrás el Concejo Municipal ratificara la implementación del nuevo sistema de estacionamiento medido, que rige desde principios de este año, ahora los ediles sancionaron una Ordenanza que regula su ejecución.

Al fundamentar la medida en el recinto, la concejala del Frente Progresista, Adriana Molina sostuvo que "este proyecto confirma un modo de gestión en relación al servicio de estacionamiento ordenado municipal, que desde hace un par de años se viene desarrollando en esta gestión municipal" y agregó que "este es un modelo de gestión que fundamentalmente es la confianza en las capacidades del propio municipio y no tener que concesionar este sistema".

En cuanto a los fines de la norma la edil dijo que "se enmarca dentro de principios que tienen que ver con la necesidad de rotación de vehículos en el micro y macro centro de la ciudad, con la no utilización de los espacios públicos de modo privado por parte de los ciudadanos, con cuestiones ambientales relacionadas con el tránsito y también con un modo de promoción de otro tipo de subsistemas de transporte por el hecho, justamente, de la rotación de vehículos"

El Sistema del Estacionamiento Ordenado Municipal (S.E.O.M.) incluye al servicio público de estacionamiento medido, el control del estacionamiento en infracción y la remoción de vehículos en infracción dentro de la zona de control delimitada.

Según la norma el cuadro de valores aplicable será escalonado y acumulativo en forma directa al tiempo de utilización del espacio público, siempre que el mismo sea ininterrumpido o, que el automóvil no haya rotado en un radio mayor a 200 metros del dispositivo de medición correspondiente al final del estacionamiento. En caso de que transcurra un lapso mayor a una hora entre el registro de la salida de estacionamiento y un nuevo inicio, en el mismo parquímetro, comenzará a computarse nuevamente desde la tarifa de inicio.

El servicio funcionará los días hábiles de lunes a viernes de 7 a 13, y de 16 a 20 y los sábados de 8 a 13, reservándose el Ejecutivo la facultad de ajustar los horarios.

La zona establecida como "de estacionamiento medido" es la delimitada por las calles Cándido Pujato Castellanos, Belgrano, 27 de Febrero, Sara Faisal, 3 de Febrero, 25 de Mayo, Entre Ríos y Francia.

En cuanto a las áreas de estacionamiento exclusivo para biciclos, motovehículos, distribuidas dentro de la zona de control serán mantenidas. Dichos estacionamientos deberán estar adecuadamente demarcados y señalizados y serán gratuitos. En tal sentido, el Ejecutivo se reserva la facultad de implementar una tarifa de estacionamiento para el caso de las motos, que no podrá superar el 50% de las tarifas plana para automóviles.

Será considerado como infracción al SEOM el estacionamiento vehicular dentro de la zona determinada, cuyo caso será pasible de aplicación de las multas establecidas.

Por otro lado, se establece la credencial "frentista" para aquellos vecinos que tengan sus lugares de residencia en las arterias afectadas a la modalidad de estacionamiento medido. Dichos usuarios tendrán acceso a tres horas diarias de estacionamiento en su cuadra sin costo alguno.

Aquellas infracciones que motiven la remoción de los vehículos, deberán documentarse por medio de fotografías y/o filmaciones y en las mismas deberá ser visible el dominio del vehículo, la infracción cometida y el día y la hora en que se realiza la remoción.

Asimismo, la norma ordena la implementación de un sistema de distribución y red de bocas de expendio de los medios o dispositivos de pago, que garanticen el fácil acceso a la ciudadanía.

Por otra parte, se dispone que el Ejecutivo proceda a adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros o bancos de datos que resulten de la implementación del soporte tecnológico del SEOM.

Además, se deberá constituir una comisión especial de seguimiento del nuevo sistema, que estará integrada por tres representantes designados por el cuerpo y un representante del Ejecutivo.

Dicha comisión tendrá como objetivo elaborar las recomendaciones que considere pertinentes a los efectos de lograr un mejor funcionamiento del sistema.

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