El Concejal del PJ- Frente para la Victoria Eduardo Ferrer expresó que existe una Ley Nacional, una Ley Provincial y su Decreto Reglamentario que determina la habilitación del personal de tareas de control de admisión y permanencia de público en general (mal llamados patovicas). Asimismo un proyecto de ordenanza fue presentado en Tandil por S.U.T.C.A.P.R.A. que espera sea tratado en el recinto.
Sobre los requisitos para el personal de admisión y permanencia, la Ley Nacional 26.370; la Ley de la Provincia de Buenos Aires 13.964 que en el Artículo 33 adhiere a la citada Ley Nacional y el Decreto Provincial 1.096 establecen para el personal que realiza el control de admisión y permanencia de público los siguientes requisitos: Ser mayor de 18 años. Educación obligatoria cumplimentada. Presentar certificado de antecedentes penales. Obtener certificado de aptitud psicológica. Obtener certificado técnico habilitante. Ser empleado bajo relación de dependencia laboral directa de la persona o empresa titular del lugar de entretenimiento o, en su caso, de una empresa prestadora de dicho servicio.
Sobre las incompatibilidades, se detalla el haber sido condenado por delitos de lesa humanidad.Encontrarse revistando o haber sido exonerado de alguna de las siguientes instituciones: las fuerzas armadas, de seguridad, policiales, del servicio penitenciario u organismos de inteligencia. Haber sido condenado por delitos cometidos en el desempeño de la actividad regulada por esta ley o condenados con penas privativas de la libertad que superen los 3 años.
En cuanto a las obligaciones debe un trato igualitario a las personas y respetar la dignidad de las mismas, protegiendo su integridad física y moral. Además, debe llevar el carnet profesional durante la jornada de trabajo y exhibir permanentemente la credencial identificatoria. No puede prestar el servicio con armas.
LA PARTICIPACION MUNICIPAL
Ferrer explicó que “teniendo en cuenta que en estos últimos años, la seguridad en los boliches y espectáculos en general ha traído como consecuencia una serie de hechos violentos que preocupan a las familias tandilenses y que, a la hora de planificar normativas para responder a este reclamo es indispensable contar con diversos actores, prueba de ello que el 10 noviembre de 2009 fue presentado un Proyecto de Ordenanza por S.U.T.C.A.P.R.A. (Sindicato レnico de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina) en referencia a la habilitación del personal de tareas de control de admisión y permanencia de público en general, que muy pronto puede ser debatida en el recinto del Honorable Concejo Deliberante”.
El proyecto prevé en su artículo 4コ que el departamento Ejecutivo municipal a través de una oficina de nocturnidad creada a tal efecto sea la autoridad de aplicación y vele por el cumplimiento de la normativa. Sin perjuicio de las facultades de la Provincia, el municipio no puede permanecer ajeno a un tema tan importante para nuestros habitantes.
Dicha oficina de nocturnidad, acota el edil, “pueda estar integrada por: un representante del Poder Ejecutivo, un delegado del Sindicato S.U.T.C.A.P.R.A., un representante de I.N.A.D.I. y padres de familias entre otros”.
Cabe recalcar, que ciudades como La Plata y Mar del Plata tienen Ordenanzas similares al proyecto presentado en nuestra ciudad.
Por último, señaló el concejal kirchnerista que un actor que no es menos importante es el empleador, que por desconocimiento de las leyes puede descuidar la seguridad de los concurrentes al lugar y la integridad de los trabajadores. A partir de las nuevas normas mencionadas los empleadores podrían contratar a una empresa de servicios de control de admisión y permanencia con personal capacitado a tales fines. La seguridad es un problema de todos y debe estar en la agenda política como una cuestión de Estado.

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