El Adjunto I a cargo de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Anselmo Sella, reclamó al Gobierno de Formosa que tome las medidas urgentes para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos humanos básicos, como lo son la salud, alimentación, fumigación de viviendas y acceso al agua potable de las comunidades indígenas afectadas y de toda otra que se encuentre en la misma situación.
Conclusiones
En esas visitas, el organismo concluyó que en el "sistema de salud, si bien se trata de comunidades distantes de centros de salud asentados en zonas rurales, resulta imprescindible la existencia de puestos y agentes sanitarios pertenecientes a tales comunidades, cuestión que no se cumple acabadamente. Distintas comunidades no poseen puesto sanitario o el que funcionaba está cerrado, no recibiendo nunca la visita de un agente sanitario.
En otras comunidades donde existen puestos sanitarios se presentan serias dificultades como la falta de medicación, carencia de ambulancia para traslados o falta del agente sanitario que atienda el puesto, tal como ocurre en Riacho de Oro.
De esta manera, en la mayoría de los casos los pobladores de las comunidades no reciben la visita de agente sanitario alguno y , como se comprobó, donde hay un puesto sanitario, éste no alcanza a cubrir las necesidades básicas de los pobladores", relata el informe.
"En cuanto al agua potable, existen comunidades, como las de Colonia Naranjito y Penqolé, que no poseen agua y en esos casos la que se utiliza para consumo es extraída de perforaciones distantes o deben obtenerla de lugares superficiales en los que hay agua acumulada o de pozos, mediante el uso de bombas, aunque no es potable.
En 11 de las 17 comunidades relevadas en la última visita se recibieron testimonios que dan cuenta de que el agua que utilizan la extraen de los ríos y en ocasiones del agua de lluvia que almacenan en los aljibes.
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