El STJ desestimó sin más trámite la presentación que había realizado el dirigente Fernando Gaona solicitando a la corte provincial que recomiende a los jueces de instrucción que estos apliquen restricciones a las exenciones de prisión y excarcelaciones a aquellas personas que cometan determinados actos delictivos.
El STJ calificó de ?improcedente? el pedido de Gaona porque el Superior Tribunal no puede ordenar, sugerir ni recomendar a los jueces el modo en que deben aplicar los institutos contemplados en la legislación vigente. "No debe perderse de vista que el ejercicio de la jurisdicción es esencialmente horizontal y la intervención del STJ en materia jurisdiccional solo opera a través de los recursos procesales respectivos", dice la resolución firmada por el presidente Ariel Gustavo Coll y los ministros Eduardo Hang, Guillermo Alucín, Marcos Bruno Quinteros y Ricardo Cabrera.
Los jueces advierten asimismo que el planteo en si mismo es arriesgado porque llevaría al máximo tribunal de la provincia a desconocer su esencia constitucional e ingresar en un marcado autoritarismo impropio de un sistema republicano, ya que por medio de interpretaciones generales dictadas fuera de una causa judicial "se les diría a los jueces como tienen que actuar, convirtiéndolos en meros empleados administrativos ajenos a su potestad de decidir la cual, por cierto, está constitucionalmente garantizada, violándose el debido proceso y erosionando el sistema republicano de gobierno", afirma la resolución del STJ.
Fernando Gaona había realizado esta presentación en calidad de vecino de la ciudad y titular de un partido político.
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