Rechazan pedido de Pradines para aspirar a otra reelección

El diputado cumple su segundo mandato consecutivo y la carta orgánica de PD impide un tercero. La Junta Electoral avaló este límite.
La Junta Electoral de la provincia desechó una acción promovida por el diputado demócrata Roberto Pradines, que pretendía acceder a una tercer mandato consecutivo como legislador en contra de las disposiciones establecidas en la carta orgánica del partido al que representa, que limita la cantidad de reelecciones a una sola.

El legislador fundamentó la presentación alegando que la Constitución mendocina no limita las reelecciones de diputados y senadores, por lo tanto, una disposición interna del partido no debería impedírselo.

La carta orgánica demócrata fue reformada el 9 de diciembre de 2000 y en el artículo 77 quedó plasmada la prohibición expresa para la postulación de un candidato cuando ya ha sido elegido en dos oportunidades consecutivas.

El fallo tiene fecha del 13 de abril y, en él, la Junta Electoral de Mendoza resuelve "rechazar sin más trámite la acción incoadas por Roberto Arturo Pradines".

Entre los fundamentos considera que "la norma cuestionada no tiene otro objeto que el asegurar dentro de ese partido político la alternancia en los cargos de los distintos actores, evitando con ello la permanencia indefinida en el cumplimiento de tal o cual función".

Pradines, referente de peso en Guaymallén, fue senador del '97 al 2001 y luego de un intervalo de dos años regreso como diputado. En 2007 cuando vencía su mandato renovó la banca hasta diciembre de 2011. Ahora intentaba ir por un tercer mandato consecutivo.

"A mi entender es inconstitucional la norma porque si no fija un límite la Constitución, por qué lo va a hacer el partido", sostuvo el diputado. Además, indicó que "varios dirigentes demócratas, muchos de los cuales ocupan cargos electivos, se han adherido a esta presentación".

La defensa de lo estipulado por la carta orgánica la esgrimió el diputado Aldo Vinci como apoderado del partido. El legislador invocó la aplicación de los principios que surgen de la "teoría de los actos propios", en cuanto impide a cualquier persona actuar en forma incoherente con sus propios comportamientos anteriores.

Alegó que Pradines era convencional en la época de la reforma de la carta orgánica y, además, que se postuló bajo ese régimen jurídico, en dos oportunidades, sin queja alguna.

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