Rechazan definitivamente millonaria demanda judicial de la ex Venturino

Rechazan definitivamente millonaria demanda judicial de la ex Venturino
La Suprema Corte bonaerense rechazó una demanda de la ex empresa que en los '90 operaba la recolección de residuos, que reclamaba una millonaria compensación por la anulación del contrato. Los jueces avalaron así la decisión unilateral del municipio adoptada en 1995.
La Municipalidad de General Pueyrredon obtuvo un fallo favorable de parte de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires en un antiguo trámite judicial iniciado por la ex empresa Venturino, que le reclamaba a la administración pública local el pago de una millonaria suma de dinero en compensación por la anulación del contrato del servicio de recolección de residuos, resuelta en el año 1995 por el ex intendente Mario Russak.

Según la Corte, la decisión del ex jefe comunal estuvo sujeta al "principio de legalidad" ya que tal como se había fundamentado en aquel momento, la empresa se encontraba impedida de prestar el servicio por sufrir una "inhibición general de bienes". Según le explicó a LA CAPITAL el presidente de la comisión de Legislación del Concejo, el concejal de Acción Marplatense, Héctor Rosso, este fallo resulta de suma trascendencia debido a que le "pone fin al juicio más importante que sufrió el municipio a lo largo de toda su historia" a causa de la suma de dinero reclamada, que superaba los 100 millones de pesos.

El litigio se inició luego de que en el año 1995 la gestión del ex intendente Mario Russak anulara el contrato con la firma Venturino Eshiur S.A, por el que se le había concedido el servicio de recolección de residuos en la zona norte de Mar del Plata.

Aquella medida fue adoptada luego de que se advirtiera que al momento de presentarse a la licitación, la compañía sufría una inhibición general de bienes, incumpliendo con un requisito central del pliego de bases y condiciones.

Luego de que el contrato fuera anulado por esa razón, Venturino ingresó en una etapa de crisis que terminó en su quiebra, por lo que la demanda judicial continuó a cargo de la sindicatura que asumió el manejo de la empresa.

En su planteo ante la Justicia la firma exigió que el municipio la compensara por daños, la deuda con los ex operarios y los costos de la quiebra, la rescisión de su parque de camiones, intereses y el desprestigio empresario.

En el año 2003 la Suprema Corte emitió una sentencia por la cual reconoció parcialmente algunos de estos planteos, dejando al municipio ante la obligación de abonar una importante suma de dinero.

Sin embargo, la comuna apeló ante la Corte Suprema de la Nación, encomendándole esa acción a sus abogados Furundarena y Rodón.

En 2008, la procuradora del Máximo Tribunal de la Nación aceptó la postura del municipio, señalando que se tuviera en cuenta el hecho de que efectivamente, la empresa no cumplía con un artículo del pliego de bases y condiciones que establecía que los oferentes que sufrieran inhibición general de bienes no podrían participar de la licitación. Con este nuevo elemento de análisis hubo una nueva intervención de la Corte de la Provincia que concluyó con el fallo emitido el pasado 26 de octubre.

Allí, el juez Daniel Soria dispuso rechazar la demanda de la ex Venturino reconociendo que la compañía no podía participar de la licitación ni acceder a la firma del contrato por haber estado inhibida, ratificando la legalidad de los decretos del ex intendente.

Esta postura fue ratificada por otros integrantes de la Corte, como los jueces Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani y Luis Genoud.

Según el concejal Rosso, esta sentencia "clausura definitivamente las etapas procesales" poniéndole fin a un preocupante litigio que podría haber comprometido seriamente las finanzas de la administración pública local. "Consideramos que al haberse expedido ya la Corte de la Nación y la Corte de la Provincia este juicio llegó a su término", aseguró el edil.

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