El TSJ definió que es inconstitucional la ordenanza de Rincón de los Sauces que establecía sanciones para las petroleras porque entra en conflicto con la legislación provincial.
Así lo decidió al declarar inconstitucional la Ordenanza 1165, que sancionó en 2009 el Concejo Deliberante de Rincón de los Sauces y que establecía un régimen de infracciones y sanciones para las operaciones hidrocarburíferas. El fallo del TSJ se dio a raíz de una presentación de la empresa YPF.
La Justicia determinó que la norma municipal entra en conflicto con la legislación medioambiental de la provincia y contradice el espíritu de concertación cooperativa vigente que surge del artículo 92 de la Constitución neuquina.
Señaló que la carta magna prevé un mecanismo propio del federalismo de concertación al atribuirles a los Municipios la facultad de “celebrar acuerdos con la Provincia, el gobierno federal u organismos descentralizados para el ejercicio coordinado de facultades concurrentes e intereses comunes”.
Convergencia de leyes
Según la sentencia, se puede legislar sobre el cuidado del medio ambiente, pero es necesario que haya una convergencia entre las jurisdicciones para evitar conflictos. El TSJ exhortó a los poderes Ejecutivo y Legislativo de Provincia a que cumplan con ese objetivo.
Y agregó que “en esta tarea los municipios no pueden permanecer ajenos, ya que son directos involucrados en la gestión ambiental por la proximidad que presentan con los problemas que puedan suscitarse en su área inmediata, lo que permite una pronta detección frente al daño ambiental y una mayor eficacia en la ejecución y control de las medidas preventivas, conservatorias y reparadoras del ambiente”.
Consultado por LMNeuquén, el secretario de Ambiente, Ricardo Esquivel, señaló que en la actualidad se trabaja de ese modo, y que la ordenanza de Rincón es de 2009.
Dijo que el año pasado se giró el cien por ciento de los fondos recaudados en concepto de tasa ambiental a ese Municipio, lo cual permitió poner en funcionamiento el Área de Control Supervisión e Inspección Ambiental en esa ciudad.
Inspecciones coordinadas
Esquivel recalcó que las áreas petroleras son inspeccionadas en conjunto por la Secretaría de Ambiente, Recursos Hídricos, el Municipio y el Coirco.
YPF recurrió a la Justicia luego de recibir 16 infracciones, que consideraba por fuera de la competencia material y territorial porque las locaciones inspeccionadas estaban fuera del ejido municipal.
Además, la empresa señaló que las autoridades comunales no repararon en que el sistema integrado de prevención de derrames que utilizaba era superior al de las mantas oleofílicas que exige la ley provincial.
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