El diputado nacional Julio César Martínez y la apoderada de la UCR riojana Inés Brizuela y Doria presentaron una “acción de amparo”. Es en contra de las designaciones de los abogados Claudio Ana, Luis Brizuela y Emilio Pagotto, como integrantes del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de La Rioja y del nuevo Fiscal General, Hugo Montivero.
Martínez y Brizuela y Doria ponen al descubierto la inexistencia de un decreto invocado por los diputados oficialistas para justificar la inobservancia del procedimiento de publicidad.
El decreto 473/4 establece un procedimiento previo a la facultad del gobernador de proponer a los nuevos jueces. Estos deben presentar declaraciones juradas de bienes, antecedentes profesionales y formación académica, lo que debe ser publicado por tres días en los diarios de circulación local, luego se abre un período de impugnaciones, para que los ciudadanos puedan observar a cualquier postulante, entonces después de quince días el gobernador puede elevar el pliego a la legislatura.
Dicho procedimiento fue omitido con el argumento, esgrimido por el diputado (y hoy candidato a senador por el Frente para la Victoria) Mario Guzmán Soria, de que el decreto en cuestión había sido derogado; pero un grupo de legisladores del Frente Cívico acompañado por una escribana constató en el Boletín Oficial de la Provincia, que el Decreto Derogatorio 203/11, no había sido publicado al momento de invocar su existencia, EN OTRAS PALABRAS NO EXISTÍA.
La situación es de extrema gravedad ya que los tres poderes del estado provincial, ejecutivo, legislativo y judicial, habrían acordado invocar y aplicar una norma legal inexistente.
Pero la ilegalidad no termina allí, después de que el diputado Guzmán Soria se amparara en la Ley de Ética Pública la “justificar lo innecesario del procedimiento de publicidad previo”, en plena sesión del 16 de junio, la cámara de diputados consciente una flagrante violación de la misma ley, al permitir que el Diputado Délfor Brizuela- hermano de uno de los postulantes al Tribunal Superior de Justicia, el Dr. Luis Brizuela, participe del tratamiento de la cuestión y vote la designación de su prójimo.
Acto expresamente prohibido citada ley (7931) que en su artículo 3º…”convierte en nula, de nulidad absoluta, la designación realizada por la función legislativa”, y alcanza a los tres jueces propuestos ya que la votación fue una sola, por los tres al mismo tiempo.
Desde la oposición se recusó a todos los integrantes del tribunal para resolver la acción de amparo y se solicitó que el tribunal que entienda en la causa, que haga lugar al planteo, dejando sin efecto las designaciones efectuadas en clara violación al sistema jurídico vigente.

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