Quieren modificar una ley que permite a municipios reglamentar la prostitución

Quieren modificar una ley que permite a municipios reglamentar la prostitución
Se trata del la Ley Orgánica de Municipalidades, sancionada en 1934. El proyecto es de la senadora Alejandra Naman y fue presentado en 2011.

Aunque parezca mentira, un artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Concejo Deliberante de cada departamento de Mendoza mantener la higiene pública y “reglamentar la prostitución”.

La Ley 1079 fue sancionada en 1.934 y en el inciso 10 de su artículo 80 aparece la atribución municipal de “Reglamentar la Prostitución”. Por otro lado, el inciso 12 del artículo 113 habla de los ramos exclusivos de tributación para formar parte del erario municipal, y se refiere a “los derechos de matrícula, inspección sanitaria y control de los prostíbulos y personas que en ellos habiten”.

En el año 2011 la senadora Alejandra Naman presentó un proyecto para derogar ambos artículos. “En la Constitución existe el concepto de Autonomía Municipal y soy muy respetuosa de ello”, sostuvo la legisladora, pero aclaró que considera que el peso de las palabras antes mencionadas es muy fuerte y cree necesaria su modificación.

“Todo esto va en sintonía con los tiempos en los que vivimos”, manifestó la legisladora en referencia a los problemas de trata de personas que sacuden al país, y que tienen como ícono de la lucha contra este flagelo a Susana Trimarco, madre de la desaparecida Marita Verón.

Aunque el proyecto de Naman data del año 2011, aún no había entrado en agenda, por lo que el último martes la legisladora solicitó el tratamiento con carácter de preferencia del expediente en cuestión. “La comisión de asuntos constitucionales lo va a tratar ahora”, expresó Naman.

“Es obligación del Poder Legislativo garantizar y preservar la integridad de la ciudadanía, erradicando la explotación sexual de personas por proxenetas, quienes valiéndose de viejas reglamentaciones municipales desarrollan naturalmente la cultura prostibularia en nuestra provincia”, remarcó Naman.

Según entiende la legisladora, bajo la figura de “whiskerias”, “cabarets” o “night club” los municipios de la provincia habilitan locales donde la principal actividad que se ejerce sería la explotación sexual.

Además, sostuvo que la ley provincial se contradice con Tratados Internacionales a los que la República Argentina ha adherido y otras normas de carácter nacional, como la Ley 12.331 de Profilaxis de las Enfermedades Venéreas.

Esta última establece en su artículo 15 que “queda prohibido en toda la República el establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución o se incite a ella” y en el artículo 17 impone penas para “los que sostengan, administren o regenteen ostensiblemente o encubiertamente casas de tolerancia”.

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