El concejal Gustavo Zwanck presentó un proyecto de Ordenanza con una serie de puntos que ya fueron probados con éxito en Tigre. Se denomina "Programa Municipal de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito".
TITULO: “CRECIÓN DEL PROGRAMA MUNICIPAL DE SEGURIDAD CIUDADANA Y PREVENCIÓN DEL DELITO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA LA ANGOSTURA”.
CONSIDERANDO:
Que; debido a la gran cantidad de hechos de inseguridad que está viviendo nuestra localidad, y la gran preocupación de los vecinos de que las acciones de los Gobiernos Nacional y Provincial no alcanza por las causas que fueren o el sistema es deficiente es obligación del gobierno municipal actuar dentro de sus posibilidades y límites;
Que; la crisis económica que estamos atravesando ha provocado que la brecha social sea cada vez mayor, incrementando la desigualdad social y contribuyendo con la inseguridad;
Que; existen programas de seguridad ciudadana que ayudan a prevenir, desactivar o neutralizar las causas que producen inseguridad y que hacen a todos los aspectos de la vida en común.
Que; estos programas no solucionan por sí solas el problema de la delincuencia, pero colaboran en establecer una comunidad más tranquila, ayudando a los gobiernos a tener un mejor control basado en un sistema de prevención con la participación ciudadana buscando eliminar la sensación de inseguridad y disuadir el delito. Si bien este elemento no garantiza que no haya delitos, en las localidades donde se ha instalado, el delito contra la propiedad privada ha descendido considerablemente;
Qué; el Departamento Ejecutivo con será el encargado de llevar a adelante este programa, contando como soporte territorial de las Juntas Vecinales que cumplan con la Ordenanza vigente.-
Que; el sistema de alarma consiste en una bocina que se instala en el domicilio a lo largo de una cuadra o una manzana y actúa de manera disuasiva, por eso no se debe dudar en accionarla ante un hecho sospechoso, permitiendo también actuar ante otra emergencia familiar o personal, citándose como ejemplo razones médicas o incendio. El vecino que detecta algún movimiento extraño acciona la alarma, mientras que el resto de los vecinos espera algunos segundos y activa su propio dispositivo. Finalmente lo detienen para que quede en marcha aquel donde se originó el problema, y luego se llama a la policía. Requiere, para una mejor organización, de una red telefónica que facilite la comunicación entre los vecinos y las autoridades de seguridad, y también demanda de una coordinación aceitada entre los vecinos y la determinación del rol que compete a cada uno en la situación de emergencia;
Que el interés y el compromiso por parte de la comunidad de participar en pos de una vida más segura ha quedado demostrado en nuestra localidad, y que tenemos experiencia en la colaboración mutua, por lo que se entiende consideramos que será posible aplicar esta propuesta o por lo menos en aquellas zonas que así lo crean conveniente;
Qué; la presente norma se dicta en pleno uso de las facultades y competencias otorgadas por la Carta Orgánica Municipal conforme a las disposiciones del art 75;
Por ello y Conforme a lo dispuesto en el Art. 107 de la Carta Orgánica Municipal
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Articulo 1º).- Créase el Programa Municipal de Seguridad Ciudadana y Prevención del Delito de la localidad de Villa la Angostura.-
Articulo 2º).- Impleméntese como parte del programa el Sistema de Alarmas Comunitarias en aquellas manzanas o calles en donde los vecinos se organicen con el objetivo de llevar adelante este método de seguridad.-
Articulo 3º).- Este Sistema disuasivo consistirá en las siguientes medidas:
1. Instalación en red en la manzana o cuadra de alarmas con luz, sonido o ambos combinados, que al ser activados por el vecino permite dar aviso inmediato a la policía.
2. Conformar una red telefónica entre los vecinos de la zona incluidos en este sistema.
3. Utilización de elementos que permitan señalar una situación de emergencia mediante un pulsador, sirena, reflectores, detectores, etc.
Articulo 4º).- Atento a que el éxito del sistema dependerá de la coordinación adecuada de los vecinos, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la autoridad de aplicación que disponga para la presente Ordenanza, asesorará sobre cómo actuar ante un movimiento extraño o hecho sospechoso, respecto del accionar de las alarmas y el aviso a la policía.-
Articulo 5º).- Cada cuadra o calle en donde se implemente este sistema por decisión conjunta de los vecinos, contará con uno de ellos que actuará como coordinador ad-honoren para mantener el sistema funcionando en condiciones, y será el contacto permanente con la Junta Vecinal, el municipio y la autoridad policial.
Articulo 6º).- El Departamento Ejecutivo Municipal colaborará en la instalación de cartelería en las esquinas que funcione como disuasivo e identificaciones en las viviendas indicativas de estar adheridos al sistema.
Articulo 7º).- La Junta Vecinal tendrá como objetivo ser un referente permanente y un nexo necesario que mantendrá informada a la autoridad policial y a las autoridades municipales de los hechos delictivos ocurridos en su vecindad.
Articulo 8º).- Las autoridades municipales podrán convocar a reunión de la Junta Vecinal cuando lo considere conveniente, tratando de mantener la misma con la mayor reserva y sin hacerla pública.-
Articulo 9º).- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, en coordinación con el Concejo Deliberante, a dictar normas complementarias para:
1. El correcto desempeño del coordinador de alarmas comunitarias de cada cuadra o calle elegido por los vecinos.
2. Facilitar la comunicación, entendimiento y cooperación entre la comunidad y la policía.
3. Proponer cursos de acción y procedimientos adecuados para vecinos donde se adopten medidas tendientes a la prevención de delitos.
Articulo 10º).- A través del área técnica afín, el Departamento Ejecutivo Municipal se encargará de hacer las averiguaciones necesarias respecto a elementos necesarios y costos de los mismos para la instalación del Sistema de Alarmas Comunitarias, y comunicará a la población la posibilidad de instalar este sistema.
Articulo 11º).- El Departamento Ejecutivo Municipal realizará las gestiones correspondientes con la Subsecretaria de Seguridad Ciudadana Provincial tendientes a recibir asesoramiento para iniciar los sistemas fijados por la presente y evaluar otras propuestas de seguridad para implementarse a futuro en la ciudad.
Articulo 12º).- De Forma.-

Comentá la nota