Es un proyecto de la concejala Bringas. El juez municipal intervendría en conflictos menores entre vecinos y por causas patrimoniales de hasta 3 mil pesos. Ayudaría a descomprimir Tribunales
El juez municipal, si es que se aprueba la ordenanza, resolvería los conflictos entre vecinos, las cuestiones patrimoniales que no se vinculen a relaciones de familia y que en su monto sean menores a tres mil pesos y los conflictos entre vecinos y el Municipio que puedan ser objeto de mediación o arbitraje. Esas atribuciones podrían ser ampliadas, siempre y cuando exista previamente un convenio entre la Municipalidad de Río Cuarto y la Provincia de Córdoba.
La estructura del servicio de justicia sería acotada: contaría con un juez municipal y un secretario administrativo.
“En virtud de que la función judicial en sí es una facultad propia de la Provincia, es que los jueces municipales a designarse serán dependientes de Poder Judicial de la Provincia [...] asimismo, la instauración del servicio de Justicia se establece como un procedimiento de carácter voluntario al cual los propios ciudadanos pueden recurrir cuando procuren lograr la resolución de ciertos conflictos, quedando siempre la alternativa de ocurrir a la justicia ordinaria”, se lee en los fundamentos.
La concejala Bringas agrega: “La descentralización política y administrativa abre las puertas para que órganos judiciales locales pero dependientes de Poder Judicial provincial, continúen por dicho rumbo que acerca al vecino medios alternativos para solucionar algunos de sus problemas. Cabe resaltar también que la creación del servicio de justicia municipal traerá para la comunidad municipal un beneficio extra, el cual se traduce en la descongestión de los tribunales judiciales ordinarios, los que en la actualidad se encuentran colapsados”.
Bringas señala además que ya existen municipios que vienen desarrollando servicios judiciales propios. “No cabe duda de que, para revalorizar y jerarquizar el Poder Judicial es imprescindible quitarle el enorme peso que lo asfixia, producto de una mentalidad social que se empecina en arrojarle un sinnúmero de pequeños problemas que rebasan su capacidad de respuesta y que podrían haber sido resueltos de manera más racional, económica y eficiente a través de algunos mecanismos alternativos”, se lee en los fundamentos.
En los aspectos operativos, los jueces municipales serían designados por el gobernador de la provincia con acuerdo de la Legislatura. El nombre debería surgir de una terna que eleve un órgano especial que estaría integrado por el fiscal municipal, un profesor adjunto de la carrera de Abogacía de la Universidad de Río Cuarto y un vocal de alguna de las Cámaras con competencia en lo Civil, Comercial y en lo Contencioso Administrativo.
La concejala Bringas indica que con la creación del servicio municipal de justicia está prevista en el artículo 131 de la Carta Orgánica y en la Constitución de la Provincia.
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