Promueven fijar el valor de la matriculación para cualquier profesión

Promueven fijar el valor de la matriculación para cualquier profesión
El proyecto de la diputada Amelia Monzón tiene como propósito fijar a las Asociaciones, Consejos, Colegios de Profesionales e Instituciones del Estado, que tienen la potestad de la extensión y gobierno de las matriculas profesionales, como valor máximo permitido en concepto de tasa de matriculación, un cincuenta por ciento (50%) de un sueldo mínimo, vital y móvil.
La propuesta determina que “quedará vedado la asociación compulsiva de profesionales, por parte de aquellas entidades que tienen el gobierno y control de la matricula profesional, como todo otro tipo de cobro o emolumento que signifique el mantenimiento de la matricula y/o cualquier otro canon que afecte la libertad del ejercicio profesional”.

En ese sentido, los profesionales podrán gestionar el acceso a la matrícula profesional, sin estar necesariamente afiliado y/o asociados a la entidad profesional. Las entidades profesionales, podrán fijar tasas razonables a los profesionales, asociados o no a la entidad, para gestionar tramites solicitados ante la misma. Sin embargo, quedará exceptuado el ejercicio profesional de escribanos, en virtud al régimen especial vigente.

Para todo profesional que realice su actividad profesional dentro del ámbito de la Administración del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial o entes descentralizados no será requisito obligatorio tener Matricula Profesional, bastando solo su idoneidad o titulo profesional, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 16 de la Constitución Nacional.

Si se sanciona como ley quedarán derogadas todas las normas legales y costos de la tasa de matriculación impuestas por las Asociaciones, Consejos, Colegios Profesionales e Instituciones del Estado que tienen la potestad de la extensión y gobierno de las Matriculas Profesionales, quedando encuadrados los costos de la tasa, que impliquen el acceso al mismo.

Fundamentos

Al respecto, la legisladora recalcó que “existen Asociaciones de profesionales, que acreditan en forma fehaciente un alto costo en la tasa de matriculación, fijando montos inaccesibles de ser abonados para aquellos jóvenes profesionales recién egresados.; que atentan con el derecho a la libertad de trabajar y del libre ejercicio de la profesión”.

“La actividad desplegada por dichas Entidades profesionales no solo restringe la inserción laboral de nuestros jóvenes profesionales, sino que tipifica una creación arbitraria de neto corte recaudatorio y confiscatorio, que conculca derechos constitucionales y de asociación compulsiva”.

“En el año 1993, se sancionó la ley 3965, que reglamenta el ejercicio y actividades profesionales en adhesión a los Decretos Nacional y 2293/92( Matricula Única Nacional, desreguló el ejercicio de las profesiones liberales) por el cual en sus articulado 5 y 6 quedan derogadas todas las normas que establezcan la intermediación directa o indirecta de las entidades profesionales en la percepción o cobro de honorarios o cualquier otra forma de retribución por servicios u obras profesionales y su centralización con carácter obligatorio. Además, derogadas todas las normas que establecen con carácter de orden público la fijación de aranceles, escalas, planillas y tablas de honorarios o cualquier otra pauta obligatoria de retribución de servicios y obras profesionales”.

“A los fines de finiquitar las atribuciones desmedidas propulsadas, por dichas entidades, en uso de las atribuciones conferidas por las normativas vigentes y de garantizar la normalización en forma inmediata y correctiva del libre ejercicio profesional y la libertad de trabajo, solicito a la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, la aprobación de este proyecto de ley” indicó la legisladora Monzón en los fundamentos que acompañan la propuesta.

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