La falta contribuye con una cadena de conductas prohibidas que ponen en riesgo el ambiente. Lo prevé el proyecto de Código enviado al Concejo Deliberante.
Si se aprueba el proyecto de Código de Convivencia que el intendente de Córdoba Ramón Mestre envió al Concejo Deliberante, los vecinos que contraten los servicios de carreros o de “particulares no autorizados” para el traslado de residuos podrían recibir graves sanciones.
Lo establece el artículo 228 de la propuesta que reemplazará al Código de Faltas vigente en la ciudad Capital, cuyo texto comenzará a debatirse en los próximos días en el legislativo municipal. Fuentes del mestrismo adelantaron que la intención es aprobar la iniciativa en febrero próximo.
El artículo que seguramente desatará una polémica con los carreros, no los menciona de manera taxativa, pero incluye claramente su actividad.
Se lee en el proyecto: “El que contratare servicios particulares no autorizados por la Autoridad de Aplicación para la disposición final de los residuos sólidos, líquidos o gaseosos, patógenos, industriales, peligrosos, restos de obras y demoliciones (...), será sancionado con una multa de entre 100 y 10 mil unidades económicas municipales (UEM)”.

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