Prisión perpetua para los Delgadino por la muerte de Leandro Centeno

Prisión perpetua para los Delgadino por la muerte de Leandro Centeno

“Rosita” Vera resultó absuelta y Nelson Solórzano recibió una condena de cinco años como partícipe secundario del hecho.

Pasadas las 12.30 de ayer, y tras un total de nueve audiencias que se desarrollaron en la cámara penal Nº1, se dio a conocer la sentencia para los imputados por la muerte de Leandro Exequiel Centeno (17), hecho ocurrido entre el 9 y el 11 de septiembre de 2012.

Los jueces Fernando Esteban, Carlos Roselló y Fabricio Gershani (como subrogante) dieron a conocer a través de la secretaría de la cámara el dictamen, siendo condenados a prisión perpetua Facundo, Diego y Domingo Delgadino, tras ser hallados culpables del delito de “secuestro coactivo agravado por la muerte dolosa de la víctima”.

El fallo, dado a conocer tras un poco más de una hora de deliberación, también condenó a Nelson Fabián Solórzano como “partícipe secundario del delito de secuestro coactivo agravado por la edad de la víctima y la participación de tres o más personas”, por lo que para él se dictó una condena de 5 años de prisión efectiva.

La imputada Rosa Yamila Vera, por su parte, fue absuelta por el beneficio de la duda.

Últimos alegatos

En la primera parte de la audiencia, por la defensa de Nelson Fabián Solórzano, expuso sus alegatos finales el abogado Luciano Rojas, quien criticó al ministerio Público, calificando de “casi ridícula” la figura que escogió para encuadrar la conducta de los imputados.

En este sentido, Rojas indicó que el hecho de que Silva Molina haya pedido para su defendido una pena menor da a entender que hubo dudas sobre la manera en la que se dieron los hechos, por lo que recordó que, oportunamente para el primo de los Delgadino, el fiscal solicitó una condena de 11 años de prisión, acusándolo de “secuestro coactivo agravado por la edad de la víctima y la participación de tres o más personas”, excluyéndolo del agravante de muerte dolosa de la víctima”, que sí mantuvo para los otros imputados.

El letrado recalcó en todo momento que, siempre de acuerdo a los testimonios brindados por los testigos, Centeno fue a la casa de Vera por su propia voluntad y luego se subió a la motocicleta de los Delgadino bajo los mismos términos.

En este sentido, Rojas expresó que el que su defendido haya golpeado con un casco a la víctima en la cabeza, como trascendió en el debate, no lo convierte en coautor del delito señalado y, en todo caso, debería responder por ese hecho aisladamente.

Por estas causas, el abogado solicitó para su defendido la absolución por el beneficio de la duda.

“Ya está castigado”

A su turno, María del Valle Romano, defensora de Domingo Delgadino, hizo hincapié en que el progenitor de los jóvenes sólo tuvo participación en el hecho al acudir al llamado de sus hijos, cuando éstos lo convocaron hasta la casa de Rosita Vera el día previo a los fatídicos hechos, cuando habló con el jovencito para tratar de recuperar su motocicleta y consideró que no era procedente atribuir a su defendido el “dominio del hecho”, como lo apuntó el fiscal de Cámara, reprochando a este último el caratular como “secuestro coactivo” al accionar del padre y sus hijos, puesto que el único objetivo de los tres era recuperar el bien que les habían sustraído y no hubo común acuerdo con fines de ultimar al menor. “Delgadino ya está castigado por la condena de que sus hijos sufran por el flagelo de la droga, del que trató de sacarlos”, puntualizó la letrada, haciendo hincapié en la ausencia de antecedentes del ahora condenado, a quien calificó como “una persona de trabajo”.

La defensora criticó también la acusación del fiscal, indicando que la misma se basó en conjeturas, indicios y suposiciones.

“Legítima defensa”

El último en presentar sus alegatos, fue Juan Carlos Jiménez Pagés, defensor de Facundo y Diego Delgadino, quien durante toda su alocución recalcó que sus defendidos son “enfermos” y “no pueden ser juzgados como personas normales”.

“Acá hubo un robo, llevado a cabo por Centeno, y luego una muerte, que fue perpetrada por Facundo Delgadino, pero el secuestro coactivo en Catamarca es un irrealidad”, consideró el letrado en tono de sorna, desestimando la calificación planteada por el ministerio Público con la que, finalmente, fueron condenados sus dos defendidos.

Jiménez Pagés mencionó casos de famosos que, llevados por la drogadicción, tuvieron finales trágicos, como Whitney Houston o Janis Joplin, expresando que en los casos en los que estos personajes pudieron “zafar”, fue por el acceso a instituciones especializadas de alto costo.

El abogado pidió al tribunal que considere que su defendido Facundo desde los 9 años es drogadicto y, además de eso, tiene una lesión cerebral y padece Hepatitis C.

Finalmente, solicitó que Diego sea absuelto y Facundo responda sólo por el delito de “homicidio en legítima defensa”. Además, pidió que no sean enviados al Servicio Penitenciario, sino que sean internados en rehabilitación por sus fuertes adicciones a los estupefacientes.

Veredicto

Luego de los últimos alegatos de la defensa, el tribunal deliberó por poco más de una hora antes de dar a conocer el veredicto, cerca de las 12.30 de ayer.

Precedente histórico

El fiscal de la Cámara Penal Nº1, Jorge Silva Molina, se mostró sumamente conforme con el resultado. “Considero que se hizo justicia, más allá de que se bajó la calificación en cuanto a la participación de Solórzano y se aplicó la mitad de la pena que estaba prevista”. De todos modos, se absolvió a la imputada y se condenó a perpetua a los tres Delgadino, en concordancia a lo solicitado por el letrado en sus alegatos finales. Es importante destacar que esta es la primera vez que en la provincia se juzga un delito con esta calificación, contemplada por el artículo 142 bis del Código Penal.

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