Ingresó ayer en el Poder Judicial una medida cautelar para que se suspenda el aumento de las tarifas de los servicios sanitarios de agua y cloacas que presta COSAYSA S.A. y que fue autorizado por el Ente Regulador de los Servicios Públicos a partir de junio del corriente año, lo que implica la suma de $ 6,74 para cada usuario de la provincia. La presentación fue realizada por Carlos Quevedo con el patrocinio letrado del abogado Humberto Vázquez.
El escrito, orientado a que no se modifique la tarifa mientras no se determine si la empresa realmente cumple sus obligaciones, sostiene que "los efluentes cloacales e industriales se están volcando de manera cruda a los ríos y corrientes de agua de nuestra provincia, conforme surge de la prueba ya producida, lo que ha puesto en evidencia que la empresa demandada , no presta el servicio correspondiente, máxime cuando de la factura que emite por tal concepto importa el 50 % de la misma, correspondiendo el otro 50 % al servicio de agua potable.
Omisión dolosa
Para Quevedo y su abogado "la omisión dolosa de hacer lo que debería hacer la empresa COSAYSA S.A., no admite duda alguna, en razón de las pruebas obrantes en la causa, porque la ausencia de la prestación del servicio de tratamiento de efluentes cloacales e industriales, provoca de manera directa un daño a la población de la provincia de Salta y naturalmente a las poblaciones de las provincias vecinas, por dónde los ríos interprovinciales siguen su curso.
Ofrece luego un detalle de las enfermedades de transmisión hídrica consignadas en el anuario de la dirección de Estad{isticas de la provincia, con datos de los años 2009 y 2010 . "Existen 143.689 personas infectadas con este tipo de enfermedades (Cólera, Dengue, Diarrea, Estrongiloidiasis, Fiebre Tifoidea, Hepatitis A, Hepatitis A y sin especificar ., Hidatidosis, Hidroarsenicismo Crónico Regional, Intoxicación por Pesticidas, Intoxicación por otro tóxico, Parasitosis Intestinal, Parasitosis Intestinal-Ascariasis, Parasitosis Intestinal-Oxiuriasis, Parasitosis Intestinal-Protozoosis y Parasitosis Intestinal-Unicnariasis).
Más adelante el escrito que deberá resolver el Poder Judicial expresa que "autorizar un aumento en la tarifa de un servicio que no se presta, en el contexto señalado precedentemente, es sin duda alguna un abuso y atropello incalificable, una burla para los usuarios que evidencia por otra parte un inescrupulosidad deleznable en el manejo de la empresa demandada que solo tiene objetivos puramente recaudatorios a costa de los salteños".
Apunta que "hay una manifiesta defraudación a los usuarios, con el agravante que para que ello ocurra el Ente Regulador de los Servicios Públicos resulta ser parte connivente, que sumado a la inacción de un Gobierno Provincial que lo que menos hace es defender a su pueblo a través de los organismos dependientes y específicos, como ocurre con la Secretaría de Defensa del Consumidor, estamos en presencia también inequívoca de una clara asociación ilícita, porque las acciones y omisiones de los intervinientes en el aumento de la tarifa de la empresa Cosaysa S.A. resulta ser harto evidente en el sentido de provocar un perjuicio al bolsillo de los usuarios y un palmario enriquecimiento ilícito de la demandada en base a la comisión del delito de defraudación por el cobro de un servicio que no se presta.
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