Viña presentó un proyecto de ordenanza contra los ambulantes

Viña presentó un proyecto de ordenanza contra los ambulantes
El concejal Claudio Viña presentó un proyecto de ordenanza cuyo objetivo es la regularización de la venta callejera, considera necesario crear un registro de vendedores ambulantes.

El concejal por Fuerza Republicana, Claudio Viña presentó un proyecto de Ordenanza contra la venta callejera.

En este sentido argumentó que "es inminente comenzar a resolver el problema que ocasionan los llamados vendedores ambulantes habida cuenta de las Ordenanzas que prohíben la venta ambulante o callejera, como así también del fallo de la Cámara Contencioso Administrativa del 10 de Noviembre del 2006 que hace lugar a la acción de amparo solicitada por la FET y que ordena al municipio a hacer cumplir las Ordenanzas vigentes garantizando la libre circulación de los ciudadanos por las calles y peatonales de la ciudad".

Indicó que "el municipio debe actuar, pero no debe olvidar la real situación social que este desalojo traería aparejado, por ello considero imprescindible que se estudien salidas alternativas para reubicar, ordenar y controlar al otrora llamado vendedor ambulante, hoy convertido en vendedor callejero informal".

El proyecto estipula que se debe crear "el Registro Municipal de Vendedores Callejeros y de la Vía Pública de San Miguel de Tucumán".

También que en ese registro establecido en el artículo anterior deberán anotarse todos aquellos ciudadanos que quieran dedicarse a ofrecer y vender sus productos en los espacios públicos del municipio. En dicha inscripción deberán consignar sus datos personales, los productos o rubro de productos que desean ofrecer y demás datos o requisitos que fijará la reglamentación".

Y "una vez cumplimentada la inscripción, el Municipio otorgará un Carnet habilitante para el desarrollo de la actividad, la que solamente podrá realizarse en el o los lugares indicados por el Departamento Ejecutivo y que constarán en el mencionado carnet. La autorización tendrá validez por un año y deberá renovarse antes de su vencimiento para poder seguir desarrollando la actividad".

El proyecto también prevé que "el Departamento Ejecutivo habilitará y acondicionará predios en inmuebles propios, cedidos por el Superior Gobierno de la Provincia o alquilados a terceros a los fines de asignar una ubicación a los vendedores incluidos en el Registro. Dichos inmuebles deberán contar con sanitarios acorde a las dimensiones de cada uno, iluminación, caminería de uso común y ubicaciones delimitadas por la autoridad de aplicación".

El concejal cree pertinente que “los vendedores habilitados tributarán mensualmente al municipio un canon de ocupación del espacio equivalente al mínimo de la Categoría C del TEM (Tributo de Emergencia Municipal)”.

A su vez indica que “como requisitos indispensables para la inscripción en el Registro los interesados deberán contar con Certificado de Buena Conducta y no tener ingresos netos, excluidas las asignaciones familiares, que superen el Salario Mínimo Vital y Móvil. Independientemente, el departamento ejecutivo podrá establecer otros requisitos al reglamentar la presente Ordenanza”.

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