La UCR presentó el pedido de impugnación de la lista del FpV

La UCR presentó el pedido de impugnación de la lista del FpV
Este mediodía en la Junta Electoral Provincial se presentó el escrito por parte de la Unión Cívica Radical, para pedir que se impugne la lista del Frente para la Victoria. Se considera que incumple la Ley de Cupo Femenino.
La nota lleva la firma de los apoderados del partido Jorge Albarracín y Néstor Parés, y estuvieron acompañados por Sergio Pinto y Fernando Armagnague.

Durante el transcurso de esta jornada , los apoderados del partido enviarán una nota a la Junta Electoral del Frente para la Victoria, donde expresarán su posición y adjuntarán una copia de la presentación realizada.

Esta es la nota completa presentada por la UCR ante la Justicia Electoral:

Sr. JUEZ FEDERAL

CON COMPETENCIA ELECTORAL

DR. WALTER BENTO:

JORGE LUIS ALBARRACÍN y NÉSTOR MARCELO PARÉS, en nuestro carácter de apoderados de la UNIÓN CÍVICA RADICAL – DISTRITO MENDOZA, se dirigen al Sr. Juez con el siguiente objeto:

Venimos a expresar ante Usía un acto que es público y notorio, que es la presentación en una de las listas para diputados nacionales de la alianza Frente para la Victoria (en trámite de reconocimiento), de los dos primeros candidatos varones Abraham y Félix y la tercera candidata una mujer Tatiana Mussato. Tampoco cumplirían en los diputados nacionales suplentes.

Este orden de presentación de la lista viola el artículo 27º de la ley 26.571, en lo que respecta al orden mínimo que corresponde a la mujer en el orden de la lista. El artículo establece expresamente: "Presentada la solicitud de oficialización, la junta electoral de cada agrupación verificará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Constitución Nacional, la Ley de Partidos Políticos, el Código Electoral Nacional, Ley 24.012, la carta orgánica partidaria y, en el caso de las alianzas, de su reglamento electoral."

Todas estas disposiciones avalan un criterio de igualdad entre el hombre y la mujer para los cargos públicos electivos receptado por nuestra Constitución Nacional en su artículo 37º, segundo párrafo que establece: "La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral."

A partir de allí, el Código Electoral Nacional en su artículo 60º establece: "Las listas que se presenten deberán tener mujeres en un mínimo del treinta por ciento (30%) de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidad de resultar electas, de acuerdo a lo establecido en la Ley 24.012 y sus decretos reglamentarios. No será oficializada ninguna lista que no cumpla estos requisitos. En el caso de la categoría senadores nacionales para cumplir con dicho cupo mínimo, las listas deberán estar conformadas por dos personas de diferente sexo, tanto para candidatos titulares como suplentes."

Esta ley, a su vez es reglamentada por el decreto 1246/2000, el cual fue dictado a los fines de garantizar un efectivo complimiento de la Ley 24.012, la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, que poseen jerarquía constitucional.

Este decreto, cuyo ámbito de aplicación es el artículo 60 del Código Electoral Nacional, abarca la totalidad de los cargos de diputados nacionales.

En ninguno de sus artículos prevé la posibilidad que un partido político (como el Partido Justicialista) o alianza como el Frente para la Victoria, conforme la elección realizada en 2009 en el distrito Mendoza, puedan llevar una mujer en tercer término en la lista de diputados nacionales titulares.

Es un hecho público y notorio que la alianza transitoria (en formación) Frente para la Victoria, lleva a su candidata mujer en la lista de diputados nacionales en tercer término violando toda la normativa constitucional y legal en la materia.

Decimos, Sr. Juez; que es un hecho público y notorio pues basta leer cualquier diario de Mendoza a partir del viernes para saber cuál es resolución que ha adoptado la lista oficialista del Frente para la Victoria o del Partido Justicialista.

El fundamento lo ha dado el propio gobernador de la Provincia Francisco Pérez al decir textualmente en el diario Uno de hoy y el diario Los Andes del domingo: "Escudado en la figura de la jefa de Estado, Pérez concluyó: "Por primera vez en la historia, tenemos una presidenta mujer y una conductora del proyecto nacional. Cuando los otros partidos tengan candidata a presidenta y una presidenta, recién estarán habilitados para cuestionar la integración en la lista".

Está clara cuál es la decisión de la lista oficialista y que prescinde de toda normativa sobre la materia.

Por todo lo cual, previo a la oficialización por parte de la Junta Electoral de la alianza Frente para la Victoria, venimos a presentarnos ante Usía a fin de que tome las medidas pertinente para evitar una oficialización de listas inconstitucional, ilegal y arbitraria del Frente para la Victoria.

Por otra parte, como representantes de la Unión Cívica Radical, venimos a expresar que nuestra agrupación política no consiente este accionar ilegítimo que está llevando el Frente para la Victoria, el cual rompe con las reglas electorales que deben regir las elecciones primarias abiertas y obligatorias convocada para el 11 de agosto de 2012.

Por todo lo cual, solicitamos el avoque del Sr. Juez con competencia electoral al presente hecho y que evite la flagrante violación de la ley electoral por parte de la alianza Frente para la Victoria o el Partido Justicialista pretende llevar a cabo.

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