Amenábar criticó el voto de los jueces Goane, Ruiz y Giovanniello.
"La sentencia de la mayoría de la Corte no resuelve lo solicitado en mi demanda, donde requerí la nulidad de la resolución del CAM que, sin ningún fundamento y con manifiesta arbitrariedad, rechazó mi impugnación contra el dictamen del jurado. La solución me permite pasar a la entrevista final, pero con un posicionamiento injusto", se quejó la postulante, al responder la vista por el recurso extraordinario federal presentado por la Provincia para que el expediente sea revistado en la Corte de la Nación. La causa fue girada ahora al ministro fiscal Luis de Mitri.
El fallo declaró de oficio la inconstitucionalidad de los artículos legales y reglamentarios que establecen un piso mínimo de puntos para acceder a la entrevista personal ante los consejeros. Por este requisito, Amenábar fue excluida de esa instancia final. Sin embargo, la candidata defendió la constitucionalidad de esas normas.
La relatora judicial centró sus objeciones en errores en la calificación del examen en el que redactó sendas sentencias sobre dos causas planteadas. "El jurado no asignó ningún punto a uno de esos proyectos de fallo, mientras que calificó con 11 puntos a un postulante que resolvió sólo un caso. El CAM ignoró por completo esta grave asimetría, mientras que el voto de la minoría de la Corte tuvo en cuenta el criterio divergente y declaró la nulidad de la resolución del CAM por considerar que adolecía de vicios graves; que el cuerpo actuó de modo irrazonable y arbitrario, y que incumplió su obligación de resolver fundadamente una impugnación, por lo cual su actuación fue ilegítima", destacó.
En su nuevo escrito, advirtió que en la entrevista con el CAM carecería de las mínimas garantías de objetividad e imparcialidad por estar frente a consejeros que rechazaron su planteo. También recordó que recusó al presidente del órgano, Antonio Gandur, lo que fue rechazado. Luego, este desempató con su doble voto en contra de su pedido de revisión de las calificaciones.
El posible fracaso
"Los concursos para cubrir vacantes deberían conducir a designar a los más idóneos. Pero el sistema no conseguirá sus objetivos y fracasará inevitablemente si no se lo dirige y ejecuta con idoneidad y en beneficio público. Quienes integran el CAM deben comprenderlo y respetar las normas que rigen el procedimiento y la garantía de la igualdad de los postulantes que provee base constitucional a la idoneidad como condición de acceso. La inconstitucionalidad en mi caso afecta directamente al proceder del CAM, no a su reglamento, y genera una situación de gravedad institucional que compromete el adecuado servicio de Justicia", denunció.
La designación de magistrados en la Cámara está demorada desde junio. Este fue el primer concurso del CAM, con el que se pretendían cubrir cuatro vacantes de seis cargos existentes en una Cámara gravemente afectada por la falta de magistrados. Además de Amenábar, hay otras seis demandas pendientes de sentencia por aquel concurso. En el caso de Raúl Bejas, la Corte (con otra composición) resolvió en sentido contrario al del primer fallo y avaló la exigencia de un puntaje mínimo para llegar a la entrevista personal
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