Planteo de Andhes y Cladem apunta a garantizar el aborto no punible en Tucumán

Planteo de Andhes y Cladem apunta a garantizar el aborto no punible en Tucumán
Las organizaciones sociales presentaron ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo un recurso de "amicus curiae" mediante el cual expusieron argumentos jurídicos a ser valorados al analizar toda acción que obstaculice la implementación de abortos no punibles en Tucumán.
Las organizaciones defensoras de los derechos humanos Andhes (Abogados y abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales) y Cladem(Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer) presentaron a la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo un recurso de "amicus curiae" (amigos del tribunal).

Es en el marco de la causa iniciada por la legisladora radical Silvia Elías de Pérez, quien elevó un amparo en defensa de la vida y solicitó una medida cautelar para frenar la implementación del protocolo de aborto no punible en Tucumán.

Las ONG´s mencionadas, en contraposición con la denuncia de la parlamentaria, expusieron en su planteo argumentos jurídicos a favor de la concreción de ese tipo de prácticas y que, según afirmaron, deberán ser valorados a la hora de analizar la acción promovida por Elías de Pérez.

El documento de Andhes y Cladem hace hincapié "en el mandato constitucional que tienen las máximas autoridades provinciales, quienes deben garantizar el acceso al aborto no punible en observancia de la Constitución, evitando más vulneraciones a los derechos de las mujeres, lo que acarreará responsabilidad internacional para el estado Argentino".

La presentación, realizada el último martes, incluye elementos normativos, jurisprudenciales y estándares internacionales en materia de derechos humanos, para que sean tomados en cuenta por órgano judicial que entiende en la causa.

Desde las organizaciones indicaron, mediante un comunicado, que "el derecho al aborto no punible está vigente en nuestro país desde el año 1921, en el Art. 86 del Código Penal".

Además, apuntaron que "debido a interpretaciones restrictivas, como las que se pretende sostener en nuestra provincia, este derecho fue confirmado el año pasado por la Corte Suprema de la Nación, que dejó sentados claramente los supuestos en los cuales las mujeres pueden acceder a una interrupción legal del embarazo, esto es cuando el embarazo sea producto de una violación o de un atentado al pudor de una mujer discapacitada, o ponga en peligro la vida o la salud de la mujer", indicaron.

Recordaron que "el mismo fallo de la CSJN exhorta a las autoridades nacionales y provinciales a implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos".

Responsabilidad del Gobierno local

Por ello, Andhes y Cladem señalaron que queda claro que "el Estado tucumano no sólo debe abstenerse de generar norma alguna que pretenda obstaculizar el acceso al derecho al aborto no punible, sino que además tiene la obligación de legislar positivamente para garantizar el acceso a abortos no punibles en todo el territorio provincial".

Para las organizaciones de derechos humanos "resulta inadmisible y vergonzoso, señalaron desde las organizaciones, que una legisladora, representante del pueblo, realice presentaciones de este tipo con el propósito de obstaculizar el ejercicio de derechos fundamentales por parte de las mujeres de la provincia. Por obstaculizar el acceso de mujeres a la práctica de abortos no punibles, nuestro país ya fue condenado por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, quien entendió que la obstrucción del aborto permitido por el Código Penal significó una violación de los derechos humanos, en el caso 'LRM'", puntualizaron.

Además, advirtieron que "la jurisdicción de Organismos Internacionales de Derechos Humanos ha sido aceptada por el Estado Argentino a través de la suscripción a los tratados, pactos y convenciones que desde el año 1994 integran la Constitución Nacional, por lo que un incumplimiento expreso de las disposiciones de máxima jerarquía genera responsabilidad de índole supranacional del Estado Nacional".

En ese sentido, el "amicus curiae" presentado por Andhes y Cladem hace mención a los "pedidos de explicaciones, exhortaciones y recomendaciones que ha recibido la Argentina por parte de organismos internacionales, entre los que se encuentran el Comité por los Derechos del Niño, el Comité de Derechos Humanos, el Comité que revisa el cumplimiento de la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos".

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