Es para las deudas del periodo fiscal hasta diciembre de 2012 y se puede acoger al beneficio hasta el 31 de mayo próximo.
Además el Fondo para Salud Pública se incluirá las deudas por períodos fiscales comprendidos hasta la misma fecha; el Aporte Solidario -Ley Nº 4256- serán las deudas por períodos fiscales comprendidos hasta el 31 de diciembre de 1997, en concepto de contribuciones y aportes; el Impuesto Inmobiliario para las Deudas por períodos fiscales cumplidos final del año pasado.
Destacó que quienes se acojan al plan podrán pagar sus deudas hasta en 60 cuotas o de ocho cuotas para agentes de retención.
Remarcó además que percepción el interés resarcitorio será de 0,75 por ciento mensual o del 1por ciento para agentes; para boletas de deuda 1 por ciento mensual. “Para quienes hagan el pago contado hay quita total de intereses (pero debe incluir toda la deuda al 31/12/2012 que posee con la ATP)”, señaló Pereyra.
El funcionario resaltó también que las cuotas se cobran con débitos bancarios (el 15 y 25 de cada mes) y el requisito es tener regularizadas las posiciones de enero de 2013 en adelante hasta la fecha de presentación. Detalló también que plan exime multas no firmes y que no se pueden incluir planes de la Ley 6889 que ya fueron revocados.
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