El juez federal, con competencia electoral en el distrito de La Rioja, Daniel Herrera Piedrabuenal comunicó ayer a los apoderados y precandidatos de las listas de los partidos políticos y alianzas que intervendrán en las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias a celebrarse el 14 de Agosto del corriente año; que la Campaña Electoral, comienza 30 días antes de la fecha fijada para dichos comicios, esto es el día 15 de Julio (Art. 31 Ley 26.571) y la Publicidad Electoral Audiovisual comienza 20 días antes; esto es desde el día 25 de Julio del corriente año (Art. 31 Ley 26.571).
En consecuencia, se recomienda a los señores precandidatos y apoderados de los Partidos y Alianzas intervinientes, abstenerse de realizar todo tipo de actividad que se entienda como campaña electoral y como publicidad audiovisual, antes de las fechas establecidas por la legislación en la materia. En ambos casos, tanto la Campaña Electoral como la Publicidad Electoral Audiovisual, finaliza cuarenta y ocho (48) horas antes del inicio del acto eleccionario, esto es a las 8 horas del día 12 de agosto del corriente año (Art. 31 Ley 26.571).
Asimismo, recordar la prohibición de realizar actos de gobierno (actos inagurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivos y en general todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales) durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las P.A.S.O., esto es a partir del 30 de Julio del corriente año (Art. 64 Quater C.E.N.).
Comentá la nota