EL STJ pidió intervención del Concejo Deliberante de Juárez

El Superior Tribunal de Justicia decidió por unanimidad y mediante el fallo dictado en el conflicto de autoridades producido en el seno del Concejo Deliberante de Ingeniero Juárez, ordenar a la Tesorería municipal el cese en el pago de las dietas a los cuatro concejales que mantienen paralizado el funcionamiento del cuerpo deliberativo.
Además solicitó al Ministerio de Gobierno, Justicia y Trabajo del Poder Ejecutivo Provincial, que designe un Comisionado - en los términos del Art. 175 de la Ley Orgánica Municipal - con la atribución de convocar a los concejales suplentes para normalizar el funcionamiento del departamento deliberante de esa localidad.

La Corte Provincial tomó esta drástica medida a partir de una presentación del concejal Francisco Roberto Mendoza, en la que el edil admite que el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Ingeniero Juárez se encuentra paralizado en su funcionamiento.

Al emitir su voto en la causa judicial, el ministro Ariel Gustavo Coll dijo que debía ordenarse a la Tesorería de la Municipalidad de Ingeniero Juárez la suspensión de todo pago de dieta y/o suma alguna a los miembros del Consejo Deliberante de Ingeniero Juárez, en tanto su pago importaría un claro caso de enriquecimiento sin causa. También pidió que se comunique la situación de manera urgente al Ministerio de Gobierno, Justicia y Trabajo del Poder Ejecutivo Provincial, a efectos de que nombre a un Comisionado en los términos del artículo 175 de la ley Orgánica de Municipios (ley 1.028/93) con la atribución de convocar a los concejales suplentes para normalizar el funcionamiento del departamento deliberante de Ingeniero Juárez, trabado por la manifiesta incompetencia de sus actuales integrantes.

El voto del ministro fue ampliamente compartido por sus pares y el viernes pasado el STJ emitió un fallo unánime y terminante en torno al conflicto desatado en el Concejo Deliberante de la localidad ubicada en el extremo oeste de la provincia.

En una presentación posterior a este fallo el concejal Vega – de la fracción contraria a Mendoza– admitió ante el STJ la parálisis del Concejo Deliberante de Ingeniero Juárez y solicitó una aclaración sobre las atribuciones del Comisionado Municipal.

El pedido del concejal fue desestimado por el STJ, con el argumento de que estas cuestiones deben plantearse ante el órgano respectivo del Poder Ejecutivo.

No obstante, el STJ recordó que el artículo 175 de la ley 1.028/93 (Orgánica Municipal), establece que cuando ocurra una acefalia del Concejo Deliberante -entendiendo por acefalia de acuerdo al artículo 174 de la misma ley- la ausencia de la mayoría para sesionar, el Poder Ejecutivo Provincial nombrará a un Comisionado, el cual deberá convocar a sesiones y dispondrá su integración con los legisladores suplentes.

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