Se pidió la apertura de prueba en la causa de la Asociación Rural

Se busca que la Suprema Corte Provincial dictamine sobre la causa de fondo - El expediente de la Municipalidad ha tenido algunos movimientos pero nada han informado las autoridades - No se conoce que acciones se tomarán en el juicio de la Cámara de Comercio
Tal como informamos oportunamente, tras el rechazo de la medida cautelar de no innovar de la Suprema Corte Provincial fallada el 30 de junio del año pasado en la presentación judicial realizada por la Municipalidad (causa 70777) solicitando la nulidad de la Ley separatista 14087 de desmembramiento del Partido de Chascomús y creación del nuevo Distrito de Lezama por no cumplir con la Constitución Bonaerense en lo que hace a dividir para una mejor administración, dispuesto también el pasado 20 de octubre en las acciones iniciadas por la Asociación Rural (70828) y la Cámara de Comercio (70839), el mismo tribunal no dio lugar, el 9 de febrero, al traslado a la Corte Suprema Nacional del Recurso Federal Extraordinario que ingresó la Comuna apelando el fallo que negó la citada medida cautelar.

De esta forma y a prácticamente un año de iniciados los juicios todo está como al principio, sin que se haya iniciado el tratamiento de la causa de fondo.

Si bien en su última sentencia contraria al Recurso Federal Extraordinario la Corte destacó que "el hecho de haberse denegado la medida cautelar no impide a la peticionaria la protección judicial, ni la posibilidad de intentar una nueva pretensión cautelar, ya que tales medidas tienen naturaleza instrumental y accesoria porque no constituyen un fin en sí mismas y tienden a posibilitar el cumplimiento de la sentencia definitiva", en la presentación de la Asociación Rural se ha decidido profundizar el avance de la causa de fondo en búsqueda de un fallo definitivo.

Consultado sobre el particular el letrado de la entidad, Dr. José Ochoa, señaló a El Fuerte, que en todo el proceso del pedido de la medida cautelar con sentencia desfavorable, transcurrió un año en el juicio del Municipio, y por ende en los de la Asociación Rural y la Cámara de Comercio, por lo que se ha entendido en la presentación de la entidad ruralista que lo más conveniente es actuar para que la Suprema Corte de la Provincia emita en el menor plazo posible su fallo final, motivo por el cual se ha pedido en la misma la apertura de prueba.

En lo que respecta al juicio de la Comuna, si bien las autoridades locales no han informado que actitud tomarán, el expediente ha tenido algún movimiento, ya que tras el fallo de rechazo del 9 de febrero, existe una observación del 11, un proveído del 17 y escritos varios del día 21, sin que se conozca ninguno de los textos.

Lamentablemente el Municipio ha decidido no dar a conocer información sobre este importante tema, como tampoco lo hace con la anunciada, en el mes de junio del año pasado, preparación de otra causa para ser presentada ante la Corte Suprema Nacional pidiendo la anulación de la Ley 14087 por incumplir con la Carta Magna en lo que hace a las autonomías de las Municipalidades, en la que vale recordar ya se perdió todo el mes de febrero.

Finalmente, tampoco se conoce que camino seguirá la presentación de la Cámara de Comercio, cuyo último movimiento fue el 3 de noviembre cuando la Corte notificó de una corrección en el texto de la sentencia negativa del 20 de octubre de 2010.

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