Fue presentada ayer ante el TSJ por los abogados querellantes Ricardo Mendaña y Gustavo Palmieri.
El planteo de los letrados se presentó ayer por la mañana en el Tribunal Superior de Justicia en presencia de los vocales Guillermo Labatte, Oscar Massei y Graciela Corvalán, y fue rechazado de plano por Martín Segovia, flamante defensor del ex mandatario provincial.
Las investigaciones penales contra Sobisch se vinculan con los hechos ocurridos el 30 marzo de 2006 por el presunto delito de abuso de autoridad. El ex gobernador fue denunciado por tres oficiales de la Policía de haber ordenado a los uniformados no intervenir durante un violento enfrentamiento entre trabajadores de UOCRA y docentes que se apostaron frente al acceso principal de la refinería de Plaza Huincul.
Los querellantes argumentaron que corresponde suspender la prescripción de la causa y afirmaron que se observa una clara situación de abuso que frustra “deliberadamente” el juicio oral y público contra Sobisch.
Los abogados impugnaron el fallo del juez Cabral señalando que hubo una “errónea aplicación de la ley” y también una “indebida motivación”, y reclamaron la revocatoria de la sentencia.
Los querellantes consideraron que a lo largo de las investigaciones emergieron numerosos obstáculos y recordaron el excesivo plazo de cerca de un año y medio que el expediente se mantuvo en el TSJ y rechazaron la decisión del Juez Cabral, de no considerar el “abuso procesal”.
Mendaña y Palmieri aseguraron que el magistrado “tomó un plazo que no es el correcto para declarar la prescripción de la causa” y dictar el sobreseimiento de los cargos que se le reprochan a Sobisch.
También objetaron la enfermedad del acusado, su internación en una clínica de la provincia de Entre Ríos, su estado de salud (estrés) -remarcaron que “no es una razón justificada para internarse”- y que se utilizó una facultad para "hacer trampa".
Derecho a la defensa
Por su parte, Segovia refutó uno a uno los argumentos de la querella señalando que los testimonios expuestos “no tienen entidad alguna” para refutar el fallo pronunciado por el juez Alejandro Cabral.
Luego dijo que las causales de prescripción de los hechos por el que fuera investigado su cliente están “debidamente establecidas en la ley”, y agregó que “no corresponde señalar como de falta de honestidad procesal” al comportamiento de su defendido durante todo el proceso.
Segovia consideró que la defensa es para todos y sostuvo que “acá no hay trampa”, y se apoyó de manera enfática en la resolución del juez que explica en forma categórica que habiendo transcurrido más de dos años sin que exista acto alguno que interrumpa o suspenda la acción penal, corresponde declarar la extinción de la acción penal por prescripción y disponer el sobreseimiento total y definitivo de Jorge Sobisch.

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