Petrovich denuncia nuevas jubilaciones de privilegio en el Insssep

Petrovich denuncia nuevas jubilaciones de privilegio en el Insssep
La secretaria general de Atech afirmó que ahora no se les exige a los abogados que se jubilan por el Insssep la cancelación la matrícula.

Rosa Petrovich denunció este martes que los abogados ahora, con la reforma de una ley, tendrán más privilegios, ya que no se les exigirá la cancelación de la matrícula para poder jubilarse, por lo que podrán seguir ejerciendo su profesión a pesar de haberse jubilado.

“Tiempo atrás, desde la Atech hacíamos conocer a los afiliados al Insssep la reaparición de las jubilaciones con privilegio en el organismo previsional. En aquella oportunidad citamos el caso de que por Resolución del Directorio del Insssep Nº 5613/12 se otorgó un beneficio, basándose en un régimen de reciprocidad inexistente, porque las normas citadas no estaban operativas; no obstante ello por Resolución Nº 5968/12 se cambió el encuadramiento legal y se concedió la jubilación basándose en la ley 2598/81 (de facto) que establece la ratificación de un convenio del 29/12/80 establecido entre las cajas nacionales de previsión y los representantes de las Cajas de Previsión y Seguridad Social para profesionales de las distintas provincias, entre ellas La Caja Forense de Abogados y Procuradores de la Provincia del Chaco, estableciendo un sistema de reciprocidad especial (en realidad privilegiado)”, señaló la dirigente gremial.

En ese sentido, Petrovich indicó que “el sistema permite a los profesionales abogados optar por jubilarse en la Provincia del Chaco, con tan sólo diez años de servicios y de aportes al Insssep, mientras que el resto de los afiliados deben cumplimentar 15 años los docentes, (art. 122 ley 4044); 20 o 25 años la policía (art. 101 y 102 ley 4044) y 20 años la administración en general y municipales (art. 73 ley 4044). Además para obtener el beneficio se debe cesar definitivamente en toda actividad laboral, (art. 141 y 152 de la ley 4044)”.

“El convenio con los profesionales ratificado por ley 2598/81 (de facto) prevé en el art. 11 tercer párrafo la exigencia de la cancelación de la matrícula (o sea el cese definitivo en la actividad profesional) y así se procedió en el beneficio otorgado por Resolución del Directorio del Insssep Nº 5968/12 ya citado”, remarcó la secretaria general de Atech, y agregó: “No obstante, la Cámara de Diputados del Chaco, por Ley Nº 7354/14 sancionada entre gallos y medianoche, modifica el artículo 11, párrafo tercero del convenio, y establece el privilegio de no exigir la cancelación de la matrícula para los que se jubilen por el InSSSeP . Lo que significa que no existe un cese real para los profesionales, y la Caja forense del Chaco solo otorgará un “cese simbólico” al certificar los servicios y los aportes. Todo lo contrario ocurre con el resto de los afiliados para quienes el cese es definitivo y total, en consecuencia afirmamos que el privilegio se ha perfeccionado para beneficiar a la corporación de profesionales del Chaco”.

“Además nos sorprende que la Ley Nº 7354/14 modifique unilateralmente un convenio de carácter nacional y general, evidentemente los señores diputados se han extralimitado en su determinación al sancionar una ley nula de nulidad absoluta, que altera e ignora la voluntad de quienes lo suscribieron, y destinada tan solo a beneficiar a ciertos abogados que actualmente se encuentran gestionando estos beneficios en el InSSSeP”, afirmó.

Por último, Petrovich advirtió que “de aceptarse el criterio de la Cámara de Diputados del Chaco, no existiría convenio de reciprocidad firme y único, pudiendo cada Caja o Provincia, adecuarlo a su manera e intereses de turno, la anarquía sería total”.

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