Las personas obesas sin un solo asiento especial en toda la ciudad

Dos servicios muy utilizados como los ciber y el transporte público no ofrecen sillas especiales para personas con exceso de pesoRecorriendo la ciudad de Formosa, El Comercial pudo constatar que en absolutamente todos los organismos y/o dependencias públicas que prestan servicios a la comunidad, no disponen de asientos especiales para personas obesas.
Esto muchos más allá de resultar una mirada fina de la realidad formoseña, constituye una clara contradicción en una administración que se denomina “inclusiva”, pero peor aún, constituye una clara discriminación hacia las personas que padecen esta afección.

Claro está y viendo las condiciones en que cobran los jubilados sus haberes todos los meses, o aquellos que fueron a hacer un trámite bancario, lejos estamos de lograr que se respeten los derechos de las personas, su dignidad y puedan realizar sus trámites sin sufrir las esperas inhumanas bajo el sol.

Sin embargo en el caso puntual de las personas obesas, no sólo no tienen asientos de acuerdo a sus necesidades en las instituciones públicas sino tampoco en restaurantes, confiterías, salas de espera, cines, teatros, etc.

Siempre que surgen este tipo de cuestiones relacionadas a una ciudad que debería ser amigable con sus ciudadanos, los que deberían agudizar la vista para ver que falta por hacerse deberían ser los funcionarios provinciales y municipales con sus respectivos resortes.

Un modelo a imitar

En la ciudad capital de Catamarca llegó a sancionarse una ordenanza que dispone la instalación de asientos especiales para personas obesas en todo organismo y/o dependencia pública que preste servicios a la comunidad, dentro de la Capital.

Esta medida alcanza a restaurantes, confiterías, bares, pubs, salas de espera y de espectáculos públicos: cines, teatros y demás organismos, sean públicos o privados, que presten servicios a la comunidad y que deberán contar con un mínimo de asientos especiales dentro del total de su capacidad, que sean de mayor tamaño que el resto de los bancos o localidades disponibles.

También se prohíbe que los teatros y cines impongan sobreprecios para contar con localidades especiales.

La iniciativa surgió con la finalidad de “contar con sillas o asientos especiales destinados a personas obesas”, según explicaron.

Además indicaron que “es conveniente que existan estas comodidades y que no discrimine a nadie; lo que constituye un avance en materia de inclusión social para todas aquellas personas que desean participar en actividades públicas, sociales y culturales, pero que por razones de sus padecimientos no cuentan con los medios estructurales para hacerlo”.

Establecimientos

privados

Todos los establecimientos privados con acceso al público, cualquiera fuere su actividad: comercial, de servicios, de asistencia; inclusive médica sanitaria, de esparcimiento y/o recreación a la que se dediquen y que funcionen dentro del ámbito municipal, deberán contar con asientos especiales destinados a personas obesas.

En caso de incumplimiento se procederá a imponer sanciones de multa o clausura temporal.

Otras disposiciones

Los establecimientos que posean hasta 20 asientos deberán contar, al menos, con uno de ellos con las características dispuestas en la presente ordenanza. Los que cuenten con más de 20 asientos deberán contemplar, al menos, el 5% de los mismos.

Con el fin de evitar situaciones de discriminación, estos asientos, además de las dimensiones requeridas, deberán conservar las mismas características de construcción del tipo de asientos o similares a los que hayan en el local, con los refuerzos estructurales necesarios para contener mayores pesos.

La normativa prescripta entrará en vigencia dentro de los 180 días contados desde su promulgación.

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