Perpetua para tres represores por desapariciones en el Sur

Perpetua para tres represores por desapariciones en el Sur
Fueron sentenciados a prisión perpetua y el restante a ocho años. El fallo fue unánime y los obliga a a purgar sus condenas en una cárcel común.
Tres condenas a prisión perpetua y otra a 8 años fue la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Mendoza en el juicio que por las desapariciones de cuatro personas que se sustanció desde el primero de julio de este año en San Rafael. Los condenados fueron los ex policías Raúl Ruiz Soppe, José Labarta y Raúl Egea y el teniente coronel (RE) Aníbal Guevara.

En el debate, donde se escuchó a más de 140 testigos, se intentó dilucidar las circunstancias de las detenciones y posteriores desapariciones de José Berón, Roberto Osorio, Francisco Tripiana y Pascual Sandoval, todos militantes barriales de la Juventud Peronista de la década del ?70.

En la audiencia número 50 se escuchó ayer en la tarde, en el Aula Magna de la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria de la UNCuyo de este departamento sureño, el primer veredicto que fue contra el ex comisario general titular de la Regional Segunda Raúl Alberto Ruiz Soppe. Sobre él recayó la condena pedida por la querella y la Fiscalía, es decir: prisión perpetua con inhabilitación por igual período.

Seguidamente, se escuchó la sentencia, de similares características para el ex policía José Roberto Labarta, ex integrante del D2 de la Policía de Mendoza en ese entonces y del ahora teniente coronel Aníbal Guevara, oficial del Ejército en la época en cuestión e integrante de los grupos de tareas que actuaron en la denominada subzona 3315 del sur mendocino.

En tanto, para el abogado policial Raúl Egea Bernal, que participó en la confección de las actas de libertad de los desaparecidos, la condena fue de 8 años y se ordenó su detención inmediata.

Era el único de los acusados que gozaba de excarcelación. La querella había solicitado 12 años de prisión y el Ministerio Público 6.

El tribunal en forma definitiva y por unanimidad no hizo lugar a los planteos articulados por las respectivas defensas de los imputados con referencia a la garantía de juez natural, prescripción de la acción penal, violación a los principios de igualdad ante la ley, de irretroactividad de la ley penal, de cosa juzgada y derechos adquiridos, prescripción de los delitos de falsedad ideológica material, de la ley penal más benigna, del principio de legalidad y pedidos de nulidad de los alegatos formulados por el Ministerio Público Fiscal y la querella, entre otros.

En resumen, la condena que recayó sobre Ruiz Soppe, Guevara y Labarta fue prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua por encontrarlos "coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia y amenazas previstos en el Código Penal con agravantes" con "imposición de tormentos agravadas por la condición de perseguidos políticos de las víctimas en concurso real con homicidio calificado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas por tres hechos y en concurso real por tres hechos en los casos referidos a las desapariciones forzadas de Francisco Tripiana, Simón Osorio, Pascual Sandoval y José Berón".

Todo a su vez con el delito de falsedad material de documento público por un hecho relativo a Tripiana y por el delito de falsedad ideológica por los hechos referidos a Tripiana, Osorio, Sandoval y Berón y en calidad de coautores calificándolos como delito de lesa humanidad revocando la excarcelación y ordenando su inmediata detención.

En tanto el ex abogado de la Policía Raúl Egea Bernal fue condenado a 8 años de prisión e inhabilitación absoluta por encontrarlo coautor penalmente responsable de los delitos de falsedad material de documento público por un hecho relativo a Francisco Tripiana y por delito de falsedad ideológica en los hechos de Tripiana, Osorio, Sandoval y Berón, en concurso real calificándolos domo delitos de lesa humanidad.

Cabe recordar que en una de las actas de libertad se comprobó que la firma del presuntamente liberado había sido falsificada. Estaba autenticada por Egea.

El tribunal dispuso que todos los condenados cumplan la pena en cárceles comunes en las unidades de servicios penitenciario de Mendoza o Federales según corresponda y rechazó la solicitud de prisión domiciliaria solicitada por las defensas.

También, se ordenó cargar las costas del juicio a los condenados. El 15 de diciembre serán leídos los fundamentos de la condena en una audiencia prevista para las 10 de la mañana en la misma sala donde se desarrolló el juicio.

Giran causas a la justicia federal

El Tribunal también giró las actuaciones para que se investigue la participación de varias personas en presuntos delitos de falso testimonio que en el caso de estos debates, de comprobarse, pueden alcanzar hasta los 10 años de prisión. También se ordenaron compulsas de civiles como partícipes en la entrega de datos a militares que habrían concluido en la detención de personas.

La lista está compuesta por el ex comisario general Oscar Pérez, actualmente representante del Ejecutivo municipal en el Consejo Departamental de Seguridad y ex funcionario del ministerio de Justicia durante el gobierno de Celso Jaque.

Este policía retirado fue uno de los jefes del D2 en la época en cuestión. Le sigue el empresario Miguel Luis Savez, al que se lo ha indicado como "entregador".

También habrá compulsa para el ex médico de policía José Miguel Ruiz Pozo, hermano del fallecido también médico de esa repartición y acusado en el juicio que termina.

Las otras compulsas alcanzan al ex comisario Hugo Trentini, (implicado y condenado en el caso Bordón), Braulio Navarro Chirino, ex director de la entonces cárcel de encausados de San Rafael; los ex policías Pedro Carrió López, Fidel Portela, Daniel Huajardo, Orlando Gutiérrez y Tomás Luis López y el sacerdote Franco Revérberi.

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