Perpetua al “Negro la Carpa” por el brutal femicidio de María Rita

Perpetua al “Negro la Carpa” por el brutal femicidio de María Rita

Se trata de la primera condena en contra de un hombre con el agravante de “femicidio” en el país.

Ayer a la mañana un fallo histórico para la Justicia argentina se resolvió en la Cámara Penal Nº1, que envió al conocido Francisco “Negro la Carpa” Quiroga (53) a prisión perpetua tras ser encontrado autor penalmente responsable del Femicidio de María Rita Valdez (23), cuyo cuerpo seccionado en pedazos –a excepción de su torso que jamás fue encontrado- fue hallado en el dique El Jumeal en marzo de 2013.

Esta es la primera vez que se condena en el país a un hombre por “homicidio agravado por Femicidio” (ver aparte), figura implementada en la jurisprudencia argentina desde diciembre de 2012, apenas unos meses antes de la muerte de la joven trabajadora sexual de 21 años, que apenas un mes antes de su deceso denunciara penalmente a su expareja por maltratos y amenazas de muerte.

El fallo que se dictó ayer fue decidido por los jueces de la Cámara Fernando Esteban y los subrogantes Rodrigo Morabito y Fabricio Gershani Quesada, por unanimidad, luego de una deliberación cercana a los 40 minutos, tiempo que los jueces demoraron en dar a conocer el veredicto tras las palabras finales del imputado.

Quiroga, con ninguna emoción evidente en sus palabras, hizo uso de su derecho a manifestarse antes del fallo, momento en que dijo: “Creo, ante el Cristo que está ahí (en referencia a la figura religiosa ubicada en la pared de la sala de audiencias), que ya dijo toda la verdad mi abogado”. Tras esto fueron pocos los minutos que les tomó a los jueces llegar a una decisión, quienes al tiempo de condenarlo a prisión perpetua también lo declararon “reincidente por tercera vez”, teniendo en cuenta los delitos por los que anteriormente fue condenado.

“Lo condenaron sólo por sus antecedentes”

Mientras, en el interior del edificio donde funciona la Cámara Penal, en San Martín al 300, se vivía un clima de satisfacción por la tarea realizada por parte de los fiscales Silva Molina y Mauvecín, en un predio colmado de periodistas gráficos, radiales y televisivos. En las afueras de la Cámara penal, la hermana del ya condenado daba a conocer su opinión a El Esquiú.com, sobre la sentencia: “No queremos nada de nadie, los de afuera son de palo yo sé lo que tenemos de familia. No tenemos nada para decir, sólo Dios y la chica saben quién la mató, que Él la perdone por el daño que causó. No estamos de acuerdo con la sentencia, nos encomendamos a Dios para que nos dé fuerzas para seguir adelante, porque aquí no se hizo justicia. Lo condenaron sólo por los antecedentes que tiene, no tuvieron ni un poquito de consideración”, reclamó la mujer.

Espeluznante

Es oportuno recordar que las partes del cuerpo de María Rita fueron encontradas en el dique El Jumeal el 5 de marzo de 2013, por transeúntes que recorrían el lugar haciendo ejercicios.

La Policía llegó al lugar y se inició en ese momento una pesquisa para dar con la totalidad del cuerpo, que se prolongó por varios días con la colaboración de peritos y buzos que exploraron la zona de las márgenes y el interior del espejo de agua.

A pesar de la ardua tarea, nunca se dio con el torso de la mujer, quien no pudo ser identificada hasta dos días después, cuando desde la Unidad Fiscal de Delitos Especiales se publicaran fotografías de los tatuajes que poseía la víctima, lo que para su familia fue suficiente para reconocerla.

El primer sospechoso, y único, fue su expareja, Francisco “el Negro la Carpa” Quiroga, quien le había dicho a la mamá de María Rita en varias oportunidades: “Te la voy a entregar en una bolsa”, tal y como trascendió en el juicio.

Primera condena en el país

Si bien en La Plata se comenzó a juzgar a dos hombres por un cuádruple homicidio en el mes de mayo y el juicio fue tratado por parte de los medios de comunicación como “femicidio”, el mismo no se encuadra legalmente bajo esta figura, que fue promulgada como tal en diciembre de 2012 en el Congreso de la Nación. La figura establece “agravantes por el vínculo” y descarta el uso de atenuantes cuando el victimario tiene antecedentes por violencia. El inciso 1 del texto plantea la pena de “reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, excónyuge o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”. El inciso 4, a su vez, define al femicidio como “un crimen hacia una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Incorpora como causales “placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

 

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