Los contribuyentes de impuesto automotor que radiquen su vehículo en otra jurisdicción provincial para evitar el pago de impuestos en la Provincia de Buenos Aires, una maniobra que según detectó ARBA realizan al menos unos 50 mil contribuyentes bonaerenses, podrán ser acusados por ‘defraudación fiscal’ y serán pasibles ser sancionados con una multa del 200% del dinero que el fisco provincial se priva de percibir por esa trampa
“Los propietarios y/o adquirientes de vehículos automotores con asiento principal de su residencia en territorio provincial que tengan radicados los mismos en otras jurisdicciones, incurrirán en defraudación fiscal y serán pasibles de la aplicación de una multa equivalente al 200% del tributo anual que se deje de ingresar a la Provincia, por el vehículo en cuestión”, estipula la nueva norma.
La introducción de ese artículo que estipula durísimas penas para esa maniobra, no es antojadiza: ARBA detectó que en la Provincia de Buenos Aries, existen unos 50 mil contribuyentes que radican sus vehículos en otra jurisdicción, para evadir el pago de la Patente, o reducir el monto de dicha carga.
Capital Federal, es uno de los distritos utilizados por los tramposos, aunque también existen casos de vehículos asentados legalmente en la Provincia de Corrientes, pero que permanecen y son propiedad de contribuyentes radicados en la Provincia de Buenos Aires. El motivo, estrictamente económico: hay coches que en esa provincia pagan $300 de patentes, cuando en Buenos Aires deberían tributar $1.500
Más facultades para ARBA, la Agencia de Recaudación
Con foco en apuntalar la recaudación fiscal, la Reforma Impositiva que impulsó Scioli, rejearquiza el accionar de la Agencia de Recaudación provincial, ARBA, permitiéndole resolver de manera directa planes de pago que antes estaban bajo la órbita de las facultades exclusivas del Ejecutivo, pero además, extiende la posibilidad de “detener y secuestrar” bienes o embarcaciones deportivas o de recreación, y hasta podrá firmar ‘convenios’ con fuerzas policiales para ejecutar los operativos.
Así lo establece el artículo 88 de la iniciativa oficial, sustituyendo la anterior redacción y facultando a la Agencia a “proceder a la detención de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación” en resguardo del crédito fiscal, “cuando se verifique la falta de pago de las obligaciones provenientes de los impuestos Automotores o a las Embarcaciones Deportivas”.
En el marco de esas medidas de acción concreta que persiguen el recupero de los impuestos en el ámbito de la Provincia, ARBA estará “facultada para celebrar con las correspondientes fuerzas de Seguridad, los convenios que resulten necesarios a fin de permitir la correcta y eficaz implementación de lo regulado” en la nueva norma.
El Proyecto de Reforma impositiva que ahora deberá sancionar la Legislatura, otorga a ARBA –además- facultades que antes le eran propias al Poder Ejecutivo, como la definición de los “regímenes de regularización de deudas fiscales” que se le ocurra aplicar “con carácter general, sectorial o para determinado grupo o categoría de contribuyentes”, para acelerar el proceso de cobranza.
Entre esa nueva facultad que quedará en manos de la Agencia que conduce Martín di Bella, ARBA definirá de manera directa el pago en cuotas, la cantidad de las mismas y hasta la eximición parcial de intereses por mora y demás “bonificaciones adicionales”, si redunda en una mejoría en el trámite de recupero de deudas fiscales.

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