Paro de colectivos: ¿qué pierden los trabajadores de a pie?

El paro de la UTA impide a miles llegar a tiempo a sus trabajos. ¿Qué pasará con premios como el presentismo o puntualidad? ¿Quién debe pagar el costo extra de traslado si es que el trabajador tomó un taxi?
Aunque miles de trabajadores querían llegar a tiempo a sus puestos, el paro de la UTA se los impidió. ¿Qué pasará con premios como el presentismo o puntualidad? ¿Quién debe pagar el costo extra de traslado si es que el trabajador tomó un taxi? Los especialistas recomiendan una vía de diálogo entre empleados y empleadores, a los fines de que ninguno pierda.

Sobre el “costo extra” que tiene el trabajador para llegar a su lugar de empleo en caso de que tome un taxi, el juez del fuero laboral César Arese opinó que “es un costo adicional que debería afrontarlo el empleador, por tratarse de una situación de fuerza mayor”.

El abogado laboralista y asesor de la CGT nacional, Lucio Garzón Maceda, opina de manera coincidente: “O bien se computa con trabajado el día, o el empleador le paga el taxi o el remís”.

También es categórico sobre el presentismo: “El empleador no puede descontar el día porque no es responsabilidad del trabajador lo que está sucediendo. Tampoco se debe descontar el presentismo”. Aseguró, además, que los empresarios podrían iniciar acciones contra la Municipalidad por no garantizar el transporte.

El ex secretario de Trabajo Jorge Sappia fue más cauto respecto del presentismo. Dijo que su pago depende de lo que diga el convenio colectivo de trabajo. “En algunos convenios se dice que el presentismo se reconoce también en casos de enfermedad, accidente o fuerza mayor. En esos casos no hay dudas. En otros convenios, en cambio, el premio se pierde ante cualquier falta, más allá de cuál fue el origen de la misma”, explicó.

De acuerdo con la biblioteca de Sappia, lo que sí perderá el trabajador que llegó tarde o faltó son las horas. “Sólo se pagan las horas trabajadas”, remarcó. “Normalmente –dice desde su experiencia – estas cosas se arreglan con buena voluntad”.

Respecto de que el traslado sea garantizado por el empleador, Sappia afirma que el empleador no está obligado: “Es cuestión de voluntad”.

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