Así lo dictaminó la Secretaría de Trabajo, fundamentando que las medidas de fuerza que los trabajadores de salud del Regional -dependientes del Ministerio de Salud- llevan adelante desde el pasado 6 de marzo no cuentan con el aval del sindicato al cual pertenecen, al no haber sido notificadas por el secretario general de ATE, sino por el adjunto, Guillermo Quiroga, y la secretaria gremial, Claudia Barrionuevo.
Esta situación, aluden, resta legalidad al procedimiento, y agregan que las medidas "incumplen doblemente los requisitos necesarios para ser convalidadas, puesto que no han respetado el plazo de 48 horas hábiles para su interposición, como además no ha sido cursada a la autoridad de aplicación”.
Tal fundamento, junto con la declaración de ilegalidad de la medida, es esgrimido para anticipar la posibilidad de sanciones a quienes participen del plan de lucha lanzado en el Hospital Regional, subrayando que habilita al empleador a aplicar el régimen disciplinario correspondiente, mientras que el mismo dictamen expone que el propio sindicato podría ser sancionado
“Se plantea una dicotomía muy clara, donde se polarizan el derecho de los trabajadores amparado por la Constitución Nacional y la ley de asociaciones sindicales y el derecho a la salud, de idéntico rango”, consideró la Secretaría de Trabajo respecto de las medidas tomadas por los trabajadores, basándose en el artículo 24 de la Ley nacional 25.887 que determina que “en casos de medidas de acción que involucren actividades del servicio hospitalario, se deberá garantizar la prestación de servicios mínimos para evitar su interrupción”, procedimiento que “no ha sido respetado”, por lo cual “las medidas anunciadas y llevadas a cabo por los trabajadores deben ser consideradas lesivas al derecho de terceros y, por ello, factibles de ser sancionadas en consecuencia”.
Comentá la nota