El dirigente opositor consideró positiva la media sanción en la Cámara Baja, aunque espera que se analice más a fondo.
El dirigente dijo que la norma “constituye un avance” pero, “como toda norma, es perfectible y mejorable, por lo que esperamos que el Senado la mire con detenimiento”.
“Es importante que no se lo dilate sobre todo en un año de elecciones”, dijo y aclaró que el texto que “aprobamos es un dictamen en un expediente unificado que recibió los aportes de los proyectos del presidente del cuerpo, Jorge Busti, y de la UCR”. Inicialmente, “tenían muchos puntos en común pero también cuestiones que diferían”. En ese sentido, “con los aportes de asesores, intendentes, concejales y legisladores, logramos una norma muy completa”.
“En un momento, consideramos que el bloque mayoritario había incurrido en falencias”, por lo que, “a través de rondas de consultas, el texto fue más consensuado y meditado”. De ese modo, “la UCR trató de plasmar un proyecto que valorice las autonomías municipales”, resaltó.
“No quisimos redactar una norma tan detallista y, por eso, nos opusimos al artículo 192 que pretendía regular las cajas previsionales municipales”, porque, “a nuestro entender, ese punto debe ser materia de alguna ordenanza especial o bien en las cartas orgánicas que se den los municipios que se encuentren habilitados para hacerlo”. La ley establece el régimen que llevarán adelante las comunas. Cabe aclarar que constituye un municipio todo centro de población estable que, en una superficie de setenta y cinco kilómetros cuadrados, contenga más de mil quinientos habitantes dentro de su ejido.
El texto establece que todos los municipios entrerrianos tienen autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera, y ejercen sus funciones con independencia de todo otro poder. Por otra parte, todas las comunas con más de diez mil habitantes podrán dictar sus propias Cartas orgánicas.
La iniciativa también prevé la competencia y las atribuciones de los municipios, los bienes y recursos, los empréstitos, el régimen electoral, los Registros Cívicos, las juntas electorales, las autoridades del Concejo Deliberante, del Departamento Ejecutivo, la rendición de cuentas y la responsabilidad de los funcionarios, los Tribunales de Faltas, la contabilidad, el presupuesto y los mecanismos de democracia participativa.

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