En una nota dirigida a nuestra redacción la Asamblea Ciudadana por la Preservación de las Sierras de Tandil fija su postura en torno al Plan de manejo que se está analizando en la actualidad. Los detalles.
“El objetivo de la ley (N° 14.126) es PROTEGER el área serrana comprendida en la poligonal y de acuerdo a la ley marco de paisajes protegidos esto significa evitar toda actividad nociva y garantizar el acceso público (Ley 12.704 Art 1)
La reglamentación establece que el Municipio y el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) serán los encargados de realizar el Plan de Manejo Ambiental. Pero también dice que se conformará un comité de gestión que deberá consultar a instituciones y organizaciones con interés en el tema.
El Plan de Manejo Ambiental deberá cumplir con numerosos requisitos (ver recuadro) e incluye la posibilidad de modificar el plan de ordenamiento territorial y lo atinente del acceso y circulación de la población.
Deberá hacerse en cuatro meses improrrogables. O sea, tiene que estar listo a fines de enero.
Considerando estos aspectos de la reglamentación solicitamos que se constituya a la brevedad el comité de gestión y se llame a todas las instituciones que deseen opinar y colaborar en la realización del plan.
Teniendo en cuenta la altura del año proponemos que realicen un primer Taller abierto a la comunidad antes del 15 de octubre. En el mismo deberán reunirse todos los estudios sobre el área ya realizados. Y una vez elaborado el Plan de Manejo, que este sea sometido a una Audiencia Pública en el mes de diciembre.
Coherentes con una larga lucha por la preservación de las Sierras, pedimos se concreten los espacios de una genuina participación en la elaboración y gestión del plan que va regir la protección del paisaje
Así mismo, advertimos a las autoridades y a la comunidad que bajo la forma de “adecuación del plan de ordenamiento” intentarán canalizarse las fuertes presiones de algunos intereses para ampliar las posibilidades de construcción sobre las Sierras y aumentar su valor inmobiliario. Esto implicaría traicionar la voluntad popular, y contradecir los objetivos de la ley de Paisaje y del plan de ordenamiento vigente.
La ley de Paisaje Protegido es un instrumento que debe servir para proteger las Sierras, para cuidar el patrimonio natural de la ciudad, las nacientes de las aguas, y el derecho de los tandilenses a disfrutar el paisaje y a caminarlas.
Quienes quieren construir, quienes quieran afincarse en la ciudad, deben tener claro que los valores que justifican que vivan y elijan Tandil deben ser preservados y cuidados. Compartir la maravilla de vivir al pie de las Sierras, ser una ciudad de puertas abiertas, no debe confundirse con permitir el uso inadecuado del Patrimonio Tandilense.
La reglamentación tiene que ayudar a que la ley consolide un paso en defensa del bien común.
Como advertimos en su momento, la ley ya les da dos años a las canteras para que sigan destruyendo. No dice nada de cuatro canteras que también están saqueando el Patrimonio Tandilense. Premia a los empresarios sin responsabilidad social eximiéndolos de muchas de sus obligaciones. Para que todos esos puntos negativos en un plato de la balanza sean apenas justificados, del otro lado debe estar la garantía absoluta que se detendrá la depredación, que se evitarán otros usos inadecuados, se respetará el derecho de todos al acceso gratuito y disfrute responsable de las Sierras y el derecho de la Naturaleza que ha existido miles de millones de años a seguir existiendo.
¿Qué debe contemplar el plan de Manejo Ambiental?
Art 4 de la Reglamentación
• Especificar objetivos de conservación y desarrollo sostenibles,
• Diagnosticar con información actual las condiciones, problemas y conflictos ambientales del sitio
• Realizar zonificación del área y zona de influencia para su manejo operativo , INCLUYENDO LAS PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL PARTIDO DE TANDIL QUE RESULTEN NECESARIAS O CONVENIENTES PARA ELCUMPLIMIENTO DE LOS FINES DE LA LEY
• Formular las reglas de manejo de la poligonal basándose en los objetivos propuestos estableciendo la forma en que se organizará la administración del área y los mecanismos de participación de instituciones grupos y organizaciones sociales interesados en su protección y aprovechamiento sustentable
• Implementar un sistema de seguimiento y monitoreo a fin de evaluar anualmente los avances en la ejecución del Plan de Manejo Ambiental
• Relevar e identificar las especies de flora y fauna silvestres existentes en el área y establecer medidas de protección
• Establecer las acciones necesarias para mitigar el impacto ambiental negativo a realizar en el corto, mediano y largo plazo
• Formular planes de contingencia para controlar cualquier problema o emergencia ecológica en el área poligonal y su zona de influencia que pudiera afectar la integridad de los recursos y la salud de los pobladores locales
• ESTABLECER LAS CONDICIONES PARA EL ACCESO Y CIRCULACIÓN DEL PÚBLICO.
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