La Justicia resolvió dejar sin efecto la sanción conminatoria impuesta en 1996 por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental y que consistía en el pago de la suma de $120 diarios por parte de la empresa Obras Sanitarias Mar del Plata Batán a favor de la Sociedad de Fomento Barrio Parque Camet
Este magistrado resolvió dejar sin efecto la sanción conminatoria impuesta en 1996 por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental y que consistía en el pago de la suma de $120 diarios por parte de la empresa Obras Sanitarias Mar del Plata Batán a favor de la Sociedad de Fomento Barrio Parque Camet.
Posteriormente, con fecha 29/12/2010 se resolvió el archivo de las actuaciones, por haberse verificado la satisfacción de lo judicialmente ordenado en oportunidad de resolver la acción, esto es, el cumplimiento por parte de OSSE de la aplicación del proceso de biorremediación y la eliminación de la descarga de los camiones atmosféricos con efluentes de origen industrial en el predio de la Planta de Pretratamiento de Efluentes Cloacales de Camet, eliminando de esta manera los olores emanados de dichos efluentes.
El Magistrado hizo referencia en la Resolución a la “inusitada extensión temporal del proceso” y en razón de no existir medida alguna pendiente indica el archivo de las actuaciones sin más trámite
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