OSSE intensifica los controles sobre el uso racional del agua

Está prohibido arrojar líquidos a la vía pública, lavar veredas entre las 8 y las 24 y el riego entre las 10 y las 22. Los controles se realizan por zonas, cubriendo toda la ciudad.
Obras Sanitarias Mar del Plata Batán se encuentra trabajando en el control del cumplimiento de la ordenanza 19525/10 del uso razonable y cuidado del agua.

En esta temporada de verano se está implementando un plan de acción tendiente a evitar el desperdicio en tareas de lavado de veredas y de vehículos, de riego, llenado de piletas de natación como también los vuelcos a la vía pública desde el interior de los domicilios.

La ordenanza 19525/10 fue promulgada el 8 de enero de 2010 complementando las ordenanzas relacionadas con el lavado de vereda Nº 3788/75, 3978/75, y establece pautas para la correcta utilización del recurso, prohibiendo arrojar a la vía pública líquidos de cualquier naturaleza, detergentes o productos clorados; descargar en la acera el agua de los edificios, y la descarga hacia la calle o a terrenos baldíos de pozos ciegos u otros líquidos procedentes del interior de los inmuebles, reglamentando el horario de lavado de veredas (de 24 a 8 entre el 1/11 y 30/4 y de 24 a 9 el resto del año), debiendo utilizar dispositivos que contribuyan al ahorro de agua, tales como balde, hidrolavadora y manguera con gatillo de corte.

También, durante el período comprendido entre el 15 de diciembre y el 28 de febrero de cada año, prohíbe el riego de jardines y/o espacios verdes durante la franja horaria que se extiende desde las 10 hasta las 22.

El Plan de Acción en todo el ejido fue definido como "más ambicioso" que el de la temporada anterior por las autoridades de OSSE. Es que se incrementó el personal afectado e incorporando al control un 30% más de la cuadrícula, totalizando unas 1.326 manzanas (con el agregado de sectores de Parque Luro y San Juan-nueva estación ferroautomotora, además de los sectores: Los Troncos-San Carlos, Centro, Güemes-Alem, Franja Costera y Puerto).

La rutina diaria se cumple en 5 zonas de 9 sectores cada una, resultando en 45 zonas, inspeccionadas en forma programada y alternada por distintos grupos de trabajo integrados por el Cuerpo Unico de Inspectores y de las Gerencias de Producción y Recursos Hídricos de OSSE.

La ordenanza faculta a OSSE para restringir el servicio sanitario en el inmueble donde se constate una inadecuada utilización del recurso; la remisión al Tribunal de Faltas Municipal para la aplicación de multas; y a la aplicación de un cargo por sobreconsumo, que se determinará a partir de la superficie y uso o destino del inmueble, incrementando un 30% en la facturación del servicio, en cada nueva reiteración.

Para agilizar la tarea, se ha confeccionado un nuevo modelo de actas, como también cédulas instructivas que sigan generando conciencia en la población de la importancia del cuidado del vital recurso.

Desde la empresa municipal destacaron que el espíritu de la Ordenanza 19525/10 begin_of_the_skype_highlighting 19525/10 end_of_the_skype_highlighting está estrictamente relacionado con la necesidad de cuidar el recurso, generando conciencia en los ciudadanos y comprometiendo a la comunidad toda a la tarea prioritaria de OSSE: el saneamiento de la población.

Fallo a favor

La Justicia dejó sin efecto una sanción que oportunamente había dictado contra la empresa Obras Sanitarias Sociedad de Estado en una causa iniciada por la sociedad de fomento de barrio Parque Camet.

Según trascendió, en referencia a la causa caratulada Cernadas Oscar s/acción de amparo ? Causa Nro. 47313-1 que tramita ante la sede del Programa de Análisis y Destrucción de Expedientes (P.A.D.E.) ?ex Secretaría de Transición Penal- a cargo del juez de Garantías Dr. Gabriel Bombin se resolvió dejar sin efecto la sanción conminatoria impuesta en 1996 por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental y que consistía en el pago de $120 diarios por parte de la empresa Obras Sanitarias Mar del Plata Batán a favor de la Sociedad de Fomento Barrio Parque Camet.

Posteriormente, el 29 de diciembre pasado, se resolvió el archivo de las actuaciones, por haberse "verificado la satisfacción de lo judicialmente ordenado en oportunidad de resolver la acción", esto es, el cumplimiento por parte de OSSE de la aplicación del proceso de "biorremediación y la eliminación de la descarga de los camiones atmosféricos con efluentes de origen industrial en el predio de la Planta de Pretratamiento de Efluentes Cloacales de Camet, eliminando de esta manera los olores emanados de dichos efluentes".

De acuerdo a los datos extraoficiales obtenidos por este medio, el magistrado hizo referencia en la resolución a la ?inusitada extensión temporal del proceso? y en razón de no existir medida alguna pendiente indicó el archivo de las actuaciones

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