La empresa municipal indicó que, ante la falta de pago desde el segundo bimestre de 2010, sólo se aplicó una restricción del servicio y en todo momento la familia tuvo garantizada la provisión de agua para satisfacer sus necesidades básicas.
Tras conocerse que un fallo de la justicia civil ordenó a Obras Sanitarias a restituirle el servicio a una familia del barrio Bernardino Rivadavia que adeudaba 4 mil pesos, desde la empresa municipal informaron este martes que “no se realizó corte de servicio” al domicilio en cuestión, sino que “se procedió a implementar una restricción que no implica el corte total del aprovisionamiento”.
“Esta herramienta –explicaron- consiste en la reducción del diámetro de la conexión de agua dispuesta, lo cual garantiza la provisión de agua para satisfacer las necesidades básicas (beber, cocinar, limpieza), de acuerdo a la metodología aprobada por la Justicia para clientes domiciliarios”.
“La empresa sanitaria municipal desarrolla su accionar bajo la premisa de que los servicios deben estar disponibles para las generaciones actuales y futuras. La provisión de los mismos en el presente no debe comprometer de modo alguno las posibilidades de recibir los servicios en las generaciones futuras. Para ello, es importante respetar la sostenibilidad ambiental y considerar que en el comportamiento de los usuarios debe observarse también este compromiso. Las personas beneficiarias de los servicios de agua y saneamiento también deben adoptar una conducta responsable en todo momento: uso debido de las instalaciones, consumo racional del agua, conectarse a los servicios, mantener el pago de la tarifa y demás acciones dirigidas a garantizar estos derechos en el tiempo”, indicaron desde la empresa municipal.
“De esta forma, adoptar medidas dirigidas a asegurar la suficiencia financiera del prestador en el largo plazo es tener una visión eficiente y de recuperación de los costos, lo cual también contribuye a proyectar la sustentabilidad de los recursos naturales”, señalaron.
En ese sentido, destacaron que “el beneficio de contar con aprovisionamiento de red oficial de agua significa dar respuesta a las necesidades básicas del ser humano, sino que contribuye a prevenir enfermedades, con sus consecuente impacto positivo en la calidad de vida familiar”.
“Específicamente en este caso, el domicilio presentaba deuda desde el 2º bimestre de 2010 al 2º de este año (26 períodos) y el plan de pago en cuotas generado en noviembre de 2015 debió darse de baja por incumplimiento”, subrayaron más adelante.
También indicaron que “previamente, en dos oportunidades, el 30 diciembre de 2016 y luego nuevamente el 26 de junio de 2017, Osse envió a la cuenta las correspondientes notificaciones, avisando la posibilidad de restricción y solicitando al usuario regularizar su situación, debido a que se observaba un total de 26 períodos sin abonar”. Sin embargo, “al no observarse respuesta del usuario, el 18 de septiembre se procedió con la restricción del servicio”.
“De acuerdo al Régimen Tarifario Vigente, para este tipo de casos se encuentra disponible el Plan de Tarifa Social, que contempla la posibilidad de abonar hasta en 36 cuotas con un descuento del 80% sobre los intereses según lo reglamentado bajo Resolución Nº 440/2017”, agregaron.
Y remarcaron que “en sus ejes de trabajo”, la empresa busca proveer los servicios de red de agua, desagües cloacales y pluviales “en forma eficiente y sostenible, incluyendo a los sectores más vulnerables”. “De esta forma, en los casos donde se observan las situaciones socio- económico más frágiles se trasladan al área de Asistencia Social para analizar la situación y encuadrarlos dentro de la denominada “Tarifa Social”, afirmaron.
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