Ordenan a CTC SA, el canal de cable de Álvarez, restituir la señal de Canal 9

El empresario había borrado Canal 9 Televida de la grilla de señales que ofrece su empresa en el Valle de Uco y Malargüe. El viernes, Fiscalización y Control ordenó reponerlo, pero este aún no lo hace

La Dirección de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor de la Provincia ordenó a CTC SA, la empresa de televisión por cable de Omar Álvarez, restituir la señal de Canal 9 Televida que había eliminado de la grilla en las áreas en donde presta el servicio (el Valle de Uco y Malargüe). La resolución de la dirección se conoció el viernes; sin embargo, hasta ayer, CTC SA no había restablecido la señal.

El 2 de febrero, y de manera sorpresiva, CTC SA eliminó de la grilla de emisoras el canal mendocino. La decisión afectó a miles de usuarios, sus propios clientes, del Valle de Uco y de Malargüe, provocando airadas quejas de los televidentes y exponiéndose a una severa sanción por parte de la Administración Federal de Servicios de Comunicación Audiovisuales (AFSCA). A raíz de las quejas, la asociación civil de defensa del consumidor Protectora denunció el hecho ante al Dirección de Fiscalización, que, finalmente, resolvió hacer lugar al reclamo y ordenó a CTC restituir el servicio "en las zonas en las que se ha dejado de trasmitir el mismo (Valle de Uco y Malargüe)", según reza la resolución que firmó su titular, Carmen Caballero, y que se conoció el viernes.

Uno de los argumentos que tomó en cuenta la repartición de Caballero fue el hecho de que con la extraña decisión tomada por CTC sobre la señal de Canal 9, un canal de aire y al que deben acceder libremente las personas, "no se puede cumplir con las solicitudes oficiadas por la Justicia al citado canal para la localización de personas desaparecidas o pedidos de sangre, ocasionando un perjuicio no sólo a los usuarios de dicho cable, sino a toda la comunidad, ya que se impide la difusión para la ubicación de personas en el territorio de la provincia".

La afectación directa de un servicio público hacia la comunidad había sido la base de la medida cautelar presentada por Protectora en un escrito firmado por José Luis Ramón, titular de la ONG. A su vez, Fiscalización tuvo en cuenta el objetivo de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que señala que quienes presten servicios de cualquier naturaleza "están obligados a respetar los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos".

Y que en el caso específico de los servicios de televisión por suscripción no satelital "deberán incluir, sin codificar, las emisiones de los servicios de televisión abierta de origen cuya área de cobertura coincida con su área de prestación de servicios". Este no ha sido el único incidente que envuelve a Álvarez y a sus firmas, en particular las de comunicación. El empresario ha intentado ingresar al Gran Mendoza con una señal de televisión abierta sin que haya sido autorizado por la AFSCA y con una potencia que no se condice con lo que la nueva Ley de Servicios Audiovisuales denomina de "baja potencia".

Sin embargo, con la complicidad de la administración provincial de Celso Jaque –le permitió a Álvarez instalar una antena en el cerro Arco para luego ordenar un censo de permisionarios y cerrar el espacio a otros pedidos–, el empresario invadió el Gran Mendoza y entró en conflicto, a su vez, con una droguería que reclama para sí la misma señal que ha usado para transmitir Álvarez. Antes de eso se había entablado una discusión con la ONG Giramundo, que administra una señal de TV abierta en zonas de Guaymallén.

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