Opiniones sobre las Tasas Municipales

Opiniones sobre las Tasas Municipales
Aumentos superiores al 2.000 %. Nota del señor Martín Laurens.
Tasas Municipales 2014 - Aumentos superiores al 2.000 %

Estimado Director:

Le envío el presente correo dado que durante la semana escuche hablar sobre los porcentajes de aumento en las Tasas por Servicios Urbanos y me da la sensación de que ni los Concejales que votaron la Ordenanza Impositiva saben lo que votaron.

En consecuencia, quisiera que le informe a nuestros Concejales que por ejemplo para un terreno baldío que se encuentra en una esquina en la zona 2 los porcentajes de aumento que aprobaron son los siguientes:

Para el Barrido por mes y por metro de frente:

351,39 % para los primeros 35 metros de frente que barran

2.141 % para los metros que excedan los 35 y hasta 50 metros de frente (Si. dos mil ciento cuarenta y uno por ciento)

546,55 % para los metros que excedan los 50 mts de frente.

Es decir que por cada tramo barrido en un terreno de por ejemplo 55 mts de frente le aplican 351,39 % de aumento por 35 metros, un 2.141 % por 15 metros, y un 546,55 % por 5 metros.

Para el Riego por mes y por metro de frente:

351,39 % para los primeros 35 metros de frente que se rieguen

2.141 % para los metros que excedan los 35 y hasta 50 metros de frente (Si. dos mil ciento cuarenta y uno por ciento)

546,55 % para los metros que excedan los 50 mts de frente.

Es decir que por cada tramo regado en un terreno de por ejemplo 55 mts de frente le aplican 351,39 % de aumento por 35 metros, un 2.141 % por 15 metros, y un 546,55 % por 5 metros.

Conservación de la Vía Pública por mes y por metro de frente:

351,39 % para los primeros 35 metros de frente.

2.141 % para los metros que excedan los 35 y hasta 50 metros de frente (Si. dos mil ciento cuarenta y uno por ciento)

546,55 % para los metros que excedan los 50 mts de frente.

Es decir que por cada tramo de conservación de la vía pública en un terreno de por ejemplo 55 mts de frente le aplican 351,39 % de aumento por 35 metros, un 2.141 % por 15 metros, y un 546,55 % por 5 metros.

Recolección de residuos:

3,59 % de aumento. (tengamos presente que de un terreno baldío no se generan residuos)

Alumbrado Público:

1.939 % de aumento (SI: un mil novecientos treinta y nueve por ciento de aumento).

Fondo de Obras:

Es el 10 % de la sumatoria de las tasas de Barrido, Riego y Conservación de la Vía Pública.

Tasa por Servicios de Salud:

Aumentó un 38,67 %

Esta tasa en un terreno baldío no correspondería que se cobre dado que no vive nadie allí. ¿Quién usa el servicio del hospital en este caso?

Lo mismo pasa en el caso de los inmuebles alquilados con fines comerciales porque en este caso el inquilino paga esta tasa por su vivienda, y el propietario la paga por el inmueble comercial y también su vivienda. Distinto es el caso del inmueble alquilado con fines de vivienda. En este último caso considero que está bien cobrado.

Tasa por Servicios de Seguridad:

Esta tasa es nueva y la seguridad le corresponde a la policía, que se paga a través de los impuestos provinciales.

El monto de esta tasa es de $ 20,80

Descuento por buen cumplimiento:

En 2013 era de un 10 %.

A partir de 2014 se reduce al 8 % lo cual implica otro aumento; y solo será del 10 % para los que adhieran al débito automático.

Gastos de envío:

Esto es una novedad! Se cobran $ 4 por el envío de la boleta (Ni ARBA lo hace cuando envía la patente porque se considera que está dentro de los gastos comunes propios de la administración, como la tinta, el papel, la energía eléctrica, etc. etc.).

Pero lo peor de todo es que si uno decide pagar la cuota anual el mismo envío pasa a costar $ 44,48 algo ridículo.

Asimismo, si uno decidiera pagar la cuota anual, el Descuento por Buen Cumplimiento no aumenta pasando a ser proporcional a la cuota anual sino que queda fijo como la cuota mensual.

Es decir que cuando nos tienen que cobrar la cuota de un solo envío la aumentan, pero cuando hablamos del descuento no se aumenta. ¿Es un error o es mala fe “equivocarse” siempre en contra del Contribuyente? ¿En dónde está la equidad tributaria?

Tasa por servicios sanitarios (agua corriente):

29,92 % de aumento.

Tasa por servicios cloacales (solo si existen cloacas):

120,24 % de aumento.

Todos estos porcentajes aumentan considerablemente si se riega, o barre un terreno que tenga más de 5000 mts2 de superficie a pesar que el costo del servicio prestado por el municipio sigue siendo el mismo.

Respecto a los TERRENOS BALDÍOS me gustaría entender cuál fue el criterio para que se los castigue con semejante incremento en las tasas, cuando en realidad genera menos trabajo y gastos al municipio porque no genera basura, al dueño no le molesta si no pasa el regador porque no vive en él y en consecuencia el regador no pasa.

Por otro lado también se los castiga con el alumbrado público aumentándolo un 1.937 % y en la zona bajo análisis hay una luz por cuadra con suerte.

A su vez este castigo para quienes tienen un terreno baldío choca con el Relato. Si queremos que los jóvenes se queden y vivan en Areco, ¿por qué se lo castiga cuando se compra el terreno para edificar su futura casa?, ¿Por qué se castiga al padre que quiere comprarle un terreno a sus hijos para que el día de mañana tengan un techo en el partido de Areco?. Lo normal es que la gente primero compre el terreno y luego ahorre unos cuantos años para poder hacerse la casa, ¿o desconocen los costos de construcción?

Para concluir, les pido a nuestros representantes en el Concejo Deliberante y a nuestro Intendente, que si consideran que hubo un error en la promulgación de la Ordenanza, se corrija de inmediato dado que estamos a tiempo.

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