El Superior Tribunal de Justicia del Chubut ordenó a la prepaga Swiss Medical a brindar cobertura para un tratamiento de fertilización asistida. Es este el primer fallo de esta naturaleza dictado por el máximo órgano judicial de Chubut. El caso se planteó en Puerto Madryn, cuando una mujer asociada a esa prepaga solicitó cobertura para realizar ese tratamiento y ello le fuera negado por la obra social.
UN PROYECTO
Cabe recordar que el bloque de diputados radicales presentó recientemente un anteproyecto de ley, planteando la necesidad de que las obras sociales reconozcan la infertilidad como enfermedad, y que por lo tanto se brinde una prestación básica.
El proyecto define a la infertilidad como “la enfermedad que afecta a las personas para lograr concebir o llevar a término un embarazo” y propone que la Secretaría de Salud y la obra social SEROS reconozcan y efectúen el tratamiento con la cobertura del 100%.
La iniciativa se presentó a mediados de junio último y se encuentra en proceso de análisis en las comisiones legislativas correspondientes.
La diputada Marta Raso recordó que a pesar de que el Estado tiene el deber elemental de garantizar a quienes padecen estos trastornos el acceso a una fertilización asistida y que es un derecho, el programa médico obligatorio (ley 24754 – resolución 201/02) no brinda cobertura a este tipo de tratamiento y la ubica entre las “limitaciones en la cobertura”.
PROPUESTAS
“Para muchos tener un hijo es un sueño imposible de cumplir en el 90% de los casos”, puntualizó la legisladora radical, recordando que la fertilización in vitro se ha constituido en una práctica común dentro de determinados parámetros, pero “no todos pueden acceder por su alto costo por lo cual se torna inaccesible para los sectores de menores recursos”, señaló.
Según el proyecto en estudio, la cobertura a través de la obra social incluiría los estudios para un correcto diagnóstico, diferentes tratamientos como la inseminación artificial, la fecundación in vitro con un mínimo de dos intentos y futuras técnicas, material descartable, internación y medicación. Se procura también que los embarazos, partos y cesáreas producto del tratamiento de infertilidad sean cubiertos por el Plan Materno Infantil. Otros artículos proponen la implementación de una campaña de difusión sobre los tratamientos y alcances de cobertura por parte del Estado Provincial y que la autoridad de aplicación sea la Secretaría de Salud.
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