En toda obra pública que se realice en Colón, el 85% de la planta de personal debe ser residente de la ciudad. Así quedó establecido a partir de la modificación de la ordenanza 2.063 por iniciativa del Movimiento Barrios de Pie.
Barrios de Pie entiende que la crisis internacional hará que se produzca un leve aumento de la desocupación y que no es necesario que las empresas que se harán cargo de las obras contraten personal fuera de la ciudad, por el contrario “pueden abastecerse sin ningún problema con mano de obra local”.
Como consecuencia del pedido, fue modificado el artículo 1° de la ordenanza 2-063 el que quedó redactado de la siguiente manera:
“Toda empresa, cualquiera sea su domicilio legal, que realice una obra pública o sea adjudicataria de un contrato de concesión de un servicio público en el Partido de Colón, deberá contratar y mantener durante todo el tiempo que dure el contrato de obra de concesión del servicio, como mínimo el 85% de su planta de personal, cualquiera sea su ubicación dentro del escalafón, residentes en el Partido de Colón, quiénes deberán tener como mínimo una antigüedad de, por lo menos, doce meses de residencia efectiva en la ciudad”.
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