El Superior Tribunal de Justicia dio un nuevo paso en la defensa de los derechos del consumidor al dictar un fallo que obliga a la empresa Telecom a resolver en un plazo de 5 días el reclamo de un usuario, según el fallo al que tuvo acceso APF • El Alto Cuerpo ya había afirmado en enero la competencia de la Justicia provincial para entender en este tipo de casos y ahora reafirmó su posición resolviendo directamente el litigio
El litigio se inició cuando un usuario de Gualeguaychú, Darío Carrazza, intimó judicialmente a la telefónica a que repare su línea y la traslade, luego de varios meses de infructuosa espera. En primera instancia, el amparo fue rechazado por la jueza Valeria Barbiero de Deneheres, titular del Juzgado Civil, por lo que recurrió al Superior Tribunal de Justicia.
En la sentencia dada ayer, la Sala Pena y de Asuntos Constitucionales, compuesta por los jueces Daniel Carubia; Carlos Chiara Díaz y Claudia Mizawak, no sólo cuestionó por defectos formales la resolución de la magistrada de primera instancia, sino que incluso resolvió la cuestión de fondo e intimó a Telecom a dar respuesta a Carrazza en un plazo máximo de cinco días.
"En el caso ‘Carrazza’, el Tribunal va al fondo de la cuestión y decide que evidentemente hay un incumplimiento por parte de la empresa, que estaba injustificadamente haciendo esperar a este usuario para dar cumplimiento al pedido de cambio de domicilio. En este sentido, resolvió ordenar a la empresa a que cumpla en cinco días", explicó a APF el abogado patrocinante de Carrazza ante el STJ, Martín Acevedo Miño.
El letrado recordó que enero, en el caso ‘Lalosa’, el Alto Tribunal "se expidió sobre la competencia judicial, lo que representó un avance. Dijo (en ese fallo) que los tribunales provinciales son competentes para intervenir en este tipo de planteos".
En estos fallos "el Superior Tribunal va delineando su criterio en cuanto a la protección de los derechos del consumidor".
• Detalles
Carrazza es abogado de la matrícula de Gualeguaychú. Solicitó en mayo del año pasado que le reparen la línea (lo que finalmente la empresa cumplió) y que la trasladen de la dirección en que estaba radicada, en calle Ituzaingó, a la nueva radicación de su estudio, en calle Colombo. Tras nuevo meses de espera, recurrió al vía judicial.
El vocal de primer voto en el caso fue Daniel Carubia. Mizawak acompañó sus decisiones y Carlos Chiara Díaz se acogió a la posibilidad que plantea la ley orgánica del Poder Judicial de abstenerse cuando la decisión ya está tomada por mayoría de votos.
Carubia, en el primer tramo de su decisorio, cargó contra Barbiero de Deneheres dado que la jueza aceptó la contestación de Telecom al amparo presentado por el usuario con el plazo vencido. "No es posible soslayar un grosero error en que incurre la señora Jueza en relación al modo de contar los términos en derecho (…) provocando en las actuaciones un innecesario dispendio procesal que pudo y debió ser oportunamente evitado por la directora del proceso y que ahora impone la expurgación de lo actuado inficionado por ese vicio".
Es que la notificación a Telecom fue entregada el 11 de marzo de este año a las 9:15. Como la ley fija que la contestación debe darse dentro de los tres días corridos "el vencimiento de dicho plazo operó inexorablemente el día 14 de marzo de 2010, a las 24 horas", postuló Carubia en su voto, que luego acompañaría Mizawak.
Sin embargo, Barbiero de Deneheres recibió la contestación de la empresa telefónica el 15 de marzo a las 11:40 lo que se "revela palmariamente extemporáneo", puntualizó Carubia, tras lo cual declaró la nulidad de la presentación y de todas las actuaciones posteriores que se basaron en ella.
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