Con nuevas normas y megaoperativos procuran evitar los excesos durante las estudiantinas

Con diversas disposiciones, el Consejo General de Educación, la Municipalidad de la Capital y la División Prevención y Protección contra al Alcoholismo de la Policía provincial buscan controlar las fiestas que se realicen durante septiembre.
En vísperas de las estudiantinas en las escuelas y colegios locales, y de los festejos por el Día de la Primavera, la Municipalidad de la Capital, la División Prevención y Protección contra al Alcoholismo de la Policía provincial y el Consejo General de Educación ya comenzaron a delinear las previsiones que se dispondrán con el objetivo de controlar a los jóvenes durante el mes de septiembre. Anticipándose a los hechos, los distintos organismos emprenden un megaoperativo desde hoy, para procurar llegar a las fechas en que se suele producir mayor descontrol juvenil, resguardados y haciendo un seguimiento de las fiestas que desde ahora se realizan en este marco.

Gestionando un mayor control entre los jóvenes estudiantes, el Consejo General de Educación (CGE) amplió los términos de la Resolución Nº 6.832 del 09/09/2008, disponiendo que a partir de ahora la celebración del Día del Estudiante se realizará el día hábil previo al 21 de septiembre de cada año escolar y que quedan expresamente prohibidas la venta, ingesta y distribución de bebidas alcohólicas, incluidas las llamadas “energizantes” durante el desarrollo de los festejos, cualquiera fuera el lugar de su realización.

Además, entre otros de los nuevos ordenamientos se encuentra la prohibición de la participación en las fiestas, de personas ajenas a los establecimientos escolares, disponiendo que en cada estudiantina o festejo escolar, deberán participar únicamente los alumnos pertenecientes al establecimiento respectivo y no se debe admitir el ingreso de ex-alumnos, estudiantes de otros establecimientos educativos y/o familiares de profesores, alumnos, etc.

Entre las nuevas disposiciones, el CGE decretó que los directivos deben comunicar a los tutores que la asistencia de los jóvenes queda bajo su exclusiva responsabilidad, cada vez que un establecimiento educativo u organización social no educativa, convoque a estudiantes de diferentes escuelas a la realización de estudiantinas o festejos, en sus sedes y fuera del horario de funcionamiento de la escuela.

Vale destacar que estas disposiciones regirán de igual manera en caso de que si la comunidad educativa de determinada unidad escolar decide, en forma consensuada y por razones debidamente justificadas, llevar a cabo la estudiantina en otro lugar diferente al escolar.

Por otra parte, el Consejo de Educación cree conveniente que en los casos en que la institución educativa no cuente con centro de estudiantes, la asociación cooperadora intervenga, bajo la coordinación del directivo, a los efectos del control y utilización de lo recaudado.

La resolución también ampara a los niños en el sentido de los gastos monetarios, ya que, según quedó documentado, si fuera necesaria la contribución voluntaria de dinero, por parte de los alumnos, a los efectos de solventar gastos de la estudiantina, la misma debe ser mínima y no será motivo para excluir a los alumnos de su festejo y actividad recreativa.

Comentá la nota